lunes, 20 de mayo de 2024

Jueces, obligados a aceptar dichos de mujeres violentadas para protegerlas

 

Jueces, obligados a aceptar dichos de mujeres violentadas para protegerlas

 
*** Así lo destacó el juez de control del sistema procesal penal acusatorio, Agustín Rodríguez Beiza, quien aseguró que esto es así acorde al principio de buena fe estipulado en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia local y a la Ley General de Víctimas
*** De no ser así, planteó, “daríamos al traste” con su derecho a un procedimiento expedito y accesible
 
BLAS A. BUENDÍA *
 
Impartidores de justicia tienen la obligación de aceptar de buena fe los dichos de las mujeres que sufren violencia, a fin de emitir medidas de protección a su favor, pues de no ser así “daríamos al traste” con su derecho a un procedimiento expedito y accesible, afirmó el juez de control Agustín Rodríguez Beiza, del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), encabezado por el magistrado Rafael Guerra Álvarez.
Al enfatizar que la mujer violentada no debe dudar en acudir ante los jueces para solicitar medidas de protección a su favor, explicó que deben hacerlo sin preocupación si más allá de su palabra no cuentan con pruebas.
“Que no se preocupen si además de su palabra no tienen pruebas, pues siempre se ponderará el alcance de su dicho bajo la perspectiva de género, sin olvidar nunca la asimetría de poder y el pasado vergonzoso de abuso y de violencia que la mujer ha sufrido en este país”, enfatizó.
Aseguró que actúan así los jueces ante estos casos, acorde a lo estipulado en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México y en la Ley General de Víctimas, en relación al principio de buena fe.
El juez del sistema procesal penal acusatorio explicó que cualquier persona puede solicitar medidas de protección a favor de aquella mujer que es víctima de violencia, y ejemplificó con el caso de las menores de edad.
“En el caso de una niña, quienes ejercen la patria potestad podrían plantear la solicitud, pero si estos son los agresores, desde luego cualquier otra persona puede pedir las medidas de protección en nombre de la niña que está siendo objeto de ello para que un juez la proteja”, precisó.
Recordó que la prohibición al agresor de acercarse a la víctima, de acudir a su domicilio, a su centro de trabajo o de estudios, son algunas de las medidas de protección dictadas por los jueces, así como la desocupación del hogar conyugal o hasta la vigilancia policial, las cuales están obligados a mantenerlas hasta en tanto no haya prueba documental de que el riesgo cesó.
Destacó que la mujer violentada se puede presentar directamente ante los jueces de control del órgano judicial capitalino para hacer su solicitud de medidas de protección, quienes están dispuestos a atenderlas en los horarios ordinarios de labores en los reclusorios norte, sur y oriente, y a través de guardias los 365 días del año.
Rodríguez Beiza indicó que otra opción es que acudan a los centros de justicia para las mujeres, de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, localizados en diversas alcaldías, donde el personal adscrito les ayuda a remitir ante el juez del PJCDMX la solicitud de medidas de protección.
 
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
filtrodedatospoliticos@gmail.com

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