viernes, 20 de diciembre de 2024

A 54 años de institucionalizarse el aguinaldo en México, sigue siendo una prestación irrenunciable

 

A 54 años de institucionalizarse el aguinaldo en México, sigue siendo una prestación irrenunciable

*** Al día de hoy, la Ley Federal del Trabajo ha sufrido veintisiete modificaciones en materia laboral y la más reciente fue publicada el 12 de julio de este año, señaló el magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, en su espacio Así es el Derecho
 
BLA A. BUENDÍA *
 
El aguinaldo en México se institucionalizó en 1970, cuando se aprobó la Ley Federal del Trabajo, estableciéndose esa regalía como un derecho laboral para los trabajadores mexicanos. Esto significó que, desde entonces, los empleadores están obligados a pagar un aguinaldo a sus empleados antes del 20 de diciembre de cada año, equivalente al menos 15 días de salario.
Es interesante destacar que la tradición del aguinaldo tiene raíces más antiguas, relacionadas con las prácticas de los pueblos celtas y romanos, quienes intercambiaban regalos y obsequios durante las fiestas de fin de año. Sin embargo, en México, el aguinaldo se convirtió en un derecho laboral formal desde hace más de medio siglo, es decir, 54 años.
Al respecto, el magistrado Élfego Bautista Pardo, en su espacio Así es el Derecho, analiza el tema de “El Aguinaldo”, donde hace hincapié que además del motivo de celebración, el fin de cada año es temporada que representa grandes gastos, los cuales tienden a sobrepasar la capacidad adquisitiva; sin embargo, para afrontar el alza en materia del consumismo, “echamos mano de nuestro aguinaldo”, que viene siendo, tal vez, una bendición del sistema laboral mexicano.
El jurisconsulto explica: El aguinaldo es una prestación establecida en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo y todos los trabajadores en México tienen derecho a recibirla anualmente antes del 20 de diciembre. Su monto es el equivalente a quince días de salario por lo menos, y a los que no hayan cumplido el año de servicio se les pagará en proporción al tiempo trabajado.
El derecho a esta prestación, refiere de manera jurídica, se suscribe en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo —vigente desde el 1º de mayo de 1970—, con lo que se llevó a cabo el trabajo de la comisión que, para elaborarla, se creó en el año 1960 por órdenes del entonces presidente Adolfo López Mateos.
El numeral en cuestión fue reformado en 1975 para especificar que el aguinaldo se pagará a cada empleado independientemente de si se encuentra trabajando o no en el momento en que sea liquidado; al día de hoy, la Ley Federal del Trabajo ha sufrido veintisiete modificaciones en materia laboral y la más reciente fue publicada el 12 de julio del 2024.
Es importante resaltar que todos los trabajadores, independientemente de que sean eventuales, de planta o de confianza, tienen derecho a recibir aguinaldo por el simple hecho de prestar servicio permanente a un solo patrón, se sujetan a sus órdenes y cumplen horario de trabajo.
El salario que se tomará en cuenta para calcular el monto del aguinaldo es el ordinario que esté percibiendo el trabajador durante el mes de diciembre, independientemente de que antes fuera menor, y si el salario es variable se tomará en cuenta el promedio del obtenido en los últimos treinta días.
La prestación debe ser pagada en moneda de curso legal, en días y horas de trabajo y dentro del establecimiento donde se labora y no es susceptible de descuentos, salvo los provenientes de alguna deuda contraída a cuenta del mismo.
El aguinaldo es prestación irrenunciable, por lo que no hay pretextos ni explicaciones válidas para que el empleador omita pagarlo, su cumplimiento no está a su arbitrio, es prerrogativa de todos los trabajadores sin que importe el tiempo que lleven laborando, incluso quienes se encuentren incapacitados por riesgo de trabajo o por estar en un periodo pre o postnatal deberán recibirlo íntegramente.
Si el empleador no paga el aguinaldo en el monto establecido y los tiempos marcados por la ley, puede hacerse acreedor a multa, y si simplemente omite entregarlo se expone a entre 6 meses a 3 años de prisión. No está de más recordarles a los trabajadores que en el caso de no recibir su aguinaldo tienen un año para reclamarlo legalmente ante las juntas locales y federales de conciliación y arbitraje.
Si necesitan asesoría sobre el tema pueden acudir ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal (hoy Ciudad de México), ubicada en calzada San Antonio Abad 32, colonia Tránsito, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06820, Ciudad de México, teléfono 5557093233, correo electrónico atencionciudadanatrabajo@cdmx.gob.mx
O, bien, a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, con domicilio en Dr. José María Vértiz 211, colonia Doctores, CP 06720, alcaldía Cuauhtémoc, CDMX, teléfono 55 5998 2000, que mediante conciliación o patrocinándolos en juicio pueden ayudarlos a obtener dicha prestación y todas a las que tengan derecho.
“Así es el Derecho”, puntualizó el magistrado Élfego Bautista Pardo, Titular de la Tercera Ponencia de la Quinta Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México, el cual preside el penalista Rafael Guerra Álvarez.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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Autoriza Consejo de la Judicatura-CDMX, uso de aplicación móvil

Autoriza Consejo de la Judicatura-CDMX, uso de aplicación móvil

*** Esto, como parte de la implementación y operación en el Poder Judicial de la capital de la República del Sistema de Justicia conforme al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
*** El órgano de administración, vigilancia y disciplina del órgano judicial, para tal efecto, emitió las bases generales de implementación y operación del citado sistema, con el objetivo de brindar mejores condiciones para el acceso de los ciudadanos a los servicios de la justicia
 
 BLAS A. BUENDÍA *
 
La Gaceta Oficial de la Ciudad de México publicó en las bases generales de operación en el Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), encabezado por el magistrado Rafael Guerra Álvarez, para la implementación del sistema de justicia oral conforme al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF), que, dentro del apartado de Justicia Digital, autoriza el uso de una aplicación móvil que estará a disposición de los justiciables.
Las bases, emitidas por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México señalan el objetivo de brindar mejores condiciones para el acceso de los ciudadanos a los servicios de la justicia, con nuevas herramientas como la citada aplicación móvil.
“Aplicación Móvil: aplicación móvil que permita a los usuarios acceder de forma segura a las plataformas autorizadas por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX), empleando como método de autenticación de usuarios la Firma. Judicial, la firma electrónica otorgada por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, e. Firma o la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL)”, precisa el Acuerdo General V-106/2024 del órgano de administración, vigilancia y disciplina del PJCDMX.
En el apartado de Gestión Judicial Digital, se precisa que dicha aplicación móvil ofrecerá diversas funcionalidades tendentes a facilitar la gestión y seguimiento de asuntos legales para abogadas y abogados litigantes y público en general.
Asimismo, precisa que, entre sus principales funciones están el registro y acceso a la Oficialía de Partes Común Virtual para la presentación de demandas y promociones posteriores, así como la gestión de expedientes o tocas electrónicas.
Del mismo modo, alertas y notificaciones, citas virtuales y audiencias, consulta del expediente o toca electrónicos con su actividad procesal al día y los servicios integrados de pago y cobro a través de la Plataforma Integral de Cobro (PIC).
Desde el pasado 1 de diciembre, se implementó la fase uno de la implementación del CNPCyF en el órgano judicial capitalino que, en la materia civil, opera para la promoción de controversias tramitadas en el juicio especial hipotecario oral y en el juicio especial de arrendamiento inmobiliario oral, así como sus procedimientos preparatorios, recursos y medios de defensa.
Por lo que hace a la materia familiar, para la promoción de procedimientos de jurisdicción voluntaria en todas sus modalidades, cualquier controversia familiar en la que no se plantee el divorcio, aquellos conflictos que se atiendan mediante la justicia restaurativa, así como sus respectivos procedimientos preparatorios, recursos y medios de defensa, puntualiza la Gaceta Oficial-CDMX.
 
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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Con CNPCyF, PJCDMX asume nuevos desafíos en impartición de justicia a personas con discapacidad

 

Con CNPCyF, PJCDMX asume nuevos desafíos en impartición de justicia a personas con discapacidad

*** La consejera de la Judicatura de la Ciudad de México, Susana Bátiz Zavala, señaló que, con la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, la institución aplicará la figura de apoyos extraordinarios
 
*** Destacó, además, la creación del primer Protocolo de Atención a Personas con Discapacidad en caso de un Fenómeno Perturbador, a nivel nacional, y la Guía Técnica en Materia de Seguridad y Vigilancia para la Atención de Personas con Discapacidad que acudan al Poder Judicial de la Ciudad de México
 
BLAS A. BUENDÍA *
 
En el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, y en el marco de la Feria de Derechos Humanos y Género 2024, la consejera de la Judicatura de la Ciudad de México, Susana Bátiz Zavala, señaló que con la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF) el Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX) asume nuevos desafíos para la impartición de justicia a ese sector de la población, a través de la figura de apoyos extraordinarios.
Durante la emisión de un mensaje conmemorativo en el auditorio Benito Juárez, y en una jornada ferial en la que se presentaron sendos documentos de actuación para la atención a personas con discapacidad, informó que el PJCDMX ha ofrecido más de 250 cursos con aproximadamente seis mil personas capacitadas y un promedio de 100 eventos informativos, así como una campaña permanente para la sensibilización de los derechos y trato digno a la población con una discapacidad.
Con la presencia de la oficial de proyectos en el Programa Discapacidad y Justicia de Documenta, Análisis y Acción para la Justicia Social AC, Fátima Itzayana Reyes Osorio, y de la directora ejecutiva de Orientación Ciudadana y Derechos Humanos, Yolanda Rangel Balmaceda, Bátiz Zavala agradeció y destacó la alianza que el PJCDMX tiene con esa institución, pues gracias a ello se ha podido tener a las y los facilitadores de justicia que sirven de apoyo psico-emocional en los procesos judiciales que enfrentan las personas con alguna discapacidad.
En presencia también de la presidenta de la Comisión de Ciudadanos de los Derechos Humanos (CCHR), Gisela Galicia, asimismo, resaltó el trabajo desplegado por el Comité de Discapacidad del órgano judicial capitalino.
En su participación, Reyes Osorio destacó que las y los facilitadores de justicia es un programa que ya se implementa en países como Kenia, Argentina y Estados Unidos, y que en México solo está disponible en la capital del país, por lo que es un referente para las demás entidades federativas.
Además, reconoció el esfuerzo que realiza el PJCDMX en cuanto a los ajustes de procedimiento que se realizan en los juicios, tendentes a lograr la igualdad procesal y con ello el goce y ejercicio de los derechos de ese sector de población.
Galicia, en tanto, dijo que, bajo el lema “nada sobre nosotros sin nosotros”, el CCHR se considera aliado del órgano judicial en el tema de las personas con discapacidad, para que estén en condiciones de igualdad y no discriminación, con el objetivo de desarrollar una justicia igualitaria.
Por otra parte, los documentos presentados son la Guía Técnica en Materia de Seguridad y Vigilancia para la Atención de Personas con Discapacidad que Acuden al Poder Judicial y el Protocolo de Atención a Personas con Discapacidad en caso de un Fenómeno Perturbador, a cargo de los directores de Protección Civil y de Seguridad del órgano judicial, Rodrigo Rivera Lizarde y Heriberto Hernández Juárez, respectivamente, con la participación de la consejera de la Judicatura, Irma Guadalupe García Mendoza.
La Feria de Derechos Humanos y Género 2024 del PJCDMX, instalada en la sede de Niños Héroes 132, llegó a la mitad de sus actividades, las cuales concluyen el próximo martes 10 de diciembre, y en la que se han presentado conferencias, conversatorios y la difusión de cápsulas con temas relativos al combate a la violencia contra las mujeres y tipos de violencia en contra de ellas, además de actividades culturales.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magòn-2021
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Destaca Guerra Álvarez coordinación entre poderes para dar gobernabilidad y paz social

Destaca Guerra Álvarez coordinación entre poderes para dar gobernabilidad y paz social

*** Así lo planteó durante un mensaje en el Congreso local con motivo de la implementación del CNPCyF, en el que urgió en la necesidad de contar con los recursos necesarios para operar el nuevo sistema

*** En ese marco, el diputado Jesús Sesma Suárez, dijo sobre la necesidad de que el Congreso capitalino “esté a la altura” para dotar al PJCDMX de las “economías” para afrontarlas siguientes etapas de implementación

BLAS A. BUENDÍA *
El presidente del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), magistrado Rafael Guerra Álvarez, destacó la coordinación con los poderes Legislativo y Ejecutivo, con el solo fin de dar gobernabilidad y paz social a la capital del país, durante un mensaje en el Congreso local con motivo de la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF), en el que urgió en la necesidad de contar con los recursos necesarios para operar el nuevo sistema.
En ese marco, encabezado por diputada Xóchitl Bravo Espinosa, coordinadora de Morena, el legislador del Partido Verde de México, Jesús Sesma Suárez, planteó la necesidad de que el Congreso capitalino “esté a la altura” para dotar el PJCDMX de “economías”, a fin de afrontas la implementación de las siguientes fases del CNPCyF, porque las requiere para realizar su trabajo.
Con la presencia, además, del presidente de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, diputado Alberto Martínez Urincho, y del coordinador parlamentario del Partido del Trabajo, diputado Ernesto Villarreal Cantú, entre otros, el magistrado agradeció a los legisladores la homologación de 18 legislaciones locales con el citado código federal, lo que hizo posible la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia civil y familiar, al tener los juzgadores fundamento legal para actuar.
Destacó que el nuevo sistema genera condiciones de igualdad para todas las partes que reclamen un derecho ante la autoridad judicial, así como el mejoramiento de la calidad en la impartición de justicia mediante procedimientos rápidos en los que se genera una comunicación sencilla entre impartidores de justicia, abogados postulantes y justiciables.
Guerra Álvarez enfatizó que se moderniza la gestión judicial mediante una planificación y organización del trabajo en forma corporativa, y de esta manera se contribuye a una impartición de justicia moderna, homologada, de calidad y de vanguardia para la Ciudad de México, que se consolida como referente en todo el país en la operación y funcionalidad del CNPCyF.
En su oportunidad, la diputada Bravo Espinosa expresó a juezas, jueces, magistradas y magistrados del PJCDMX que “cuentan con nosotros” en la gran tarea que representa la reforma judicial a nivel local. “Las puertas de este Congreso están abiertas para la charla, para la plática, para llegar a acuerdos, porque me parece que lo principal es platicar, dialogar y llegar a buen puerto con esto, y más porque hay un mandato de la ciudad”, agregó.
Por su parte, el diputado Martínez Urincho señaló que, con la implementación del CNPCyF, la Ciudad de México se coloca como la vanguardia en esa materia, lo que permitirá avanzar y abatir el rezago en el rubro de la justicia civil y familiar.
A su vez, el diputado Villarreal Cantú, consideró que bajo el nuevo modelo de justicia civil y familiar las cargas de trabajo se desahogarán de manera más fácil, por lo que la gente contará con una justicia más pronta y expedita.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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En el régimen de Sheinbaum, debe combatirse la “moral” de la narco-política

En el régimen de Sheinbaum, debe combatirse la “moral” de la narco-política

***La relación de Claudia Sheinbaum y el embajador Ken Salazar

BLAS A. BUENDÍA *

Bien porque dada la gravedad de los acontecimientos que marcaron el paso de los sexenios del neoliberalismo y de Andrés Manuel López Obrador centraran la diligencia de la abogacía independiente de la Nación hacia el tema de la narco-política, aseguró la Academia de Derecho Penal del Colegio Nacional de Abogados Foro de México.
Y bien por el hecho de que el Embajador de los Estados Unidos de Norteamérica en México se encuentre en espera que la gobernanza de la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo enfrente ese problema; hasta la fecha no se tiene noticia de que la Fiscalía General de la República (FGR) denote una acción inmediata.
Lo más pertinente, coinciden diversas Barras de Abogados, sería que la Ejecutiva federal revoque al fiscal Alejandro Gertz Manero, ya que su actuación durante el desastroso sexenio que encabezó a quien llaman hasta la fecha, #NarcoPresidenteAMLO, jamás se preocupó por desobedecer a López Obrador para combatir de raíz el avance del narcotráfico, pese a los testimoniales fotográficos donde aparece Andrés Manuel con altos jefes de estupefacientes radicados en el estado de Sinaloa.
En esta constelación de hechos irrefutables, la Academia de Derecho Penal del Colegio Nacional de Abogados Foro de México, sentenció que hay agravios jurídico-políticos que no deben, ni tienen que ser desatendidos, mucho menos ignorados por la Primera Magistrada de la Nación. Es decir, en el régimen de Sheinbaum debe combatirse la “moral” de la narco-política.
Buena parte de la corrupción propiciada por la narco-política, precisó la citada Academia, se ha puesto al descubierto en los sexenios que han precedido al mandato de la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, y los cuales provienen de la inaplicabilidad de la ética en los entornos de la política y la justicia.
Con motivo de lo expuesto en párrafos de antecedentes, resulta doblemente criminal que aquel grupo de intereses que pretendieron conservar el poder, hayan insertado la corrupción en el medio en que se entrelazan las líneas de la justicia y de la política.
La etapa actual que viven tanto México como los Estados Unidos de Norteamérica en el ámbito jurídico-político, exige un cambio de actitud en la materia relacionada con la política de impunidad, drogas y justicia, todas ellas coherentes y relativas al hecho, que a partir del día de hoy, la presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos aplique de manera irrestricta la Ley.
En palabras de la Academia de Derecho Penal del Colegio Nacional de Abogados Foro de México, no tiene cabida ni la impunidad ni la corrupción en la manera de pensar de los referidos personajes de índole político.
Aquí y ahora valdría la pena traer a colación la aplicación del Código Penal Federal, ligado con los pensamientos tanto de Claudia Sheinbaum Pardo, como del embajador Ken Salazar y encadenarlos con el de aquel orgulloso oaxaqueño que siendo ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación expreso: ‘‘Nosotros venimos a aplicar la Ley, no somos ricos, ni podemos serlo, porque no robamos ni claudicamos: nuestra misión es manejar intachablemente el contenido de la Ley’’.
En el México nuevo que todos debemos y queremos vislumbrar ya no hay cabida para la ‘’moral’’ de la narco-política.
Aplicando la ley, ¿podrá Claudia Sheinbaum Pardo y Ken Salazar unificar su forma de pensar para lograr el bienestar de la relación entre las dos hermanas naciones?
De lo anterior, es probable siempre y cuando conforme a los expedientes que conserva el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de Norteamérica en contra del antecesor de la Doctora Sheinbaum, cambiaría el panorama de inseguridad promovido por el narco-poder de facto, porque aparentemente tiene cuentas pendientes con el Estado de Derecho.
“¡Es cuanto!”, puntualizó la Academia de Derecho Penal del Colegio Nacional de Abogados Foro de México, A.C., en preside el penalista Alberto Woolrich Ortiz.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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Respeto a las garantías de audiencia

Respeto a las garantías de audiencia

*** La Teoría de la sustanciación, un término que no se puede soslayar en ninguno encuentro jurídico

BLAS A. BUENDÍA *

Editor Juan Carlos Martínez 
El Corredor Informativo

Si bien es cierto que la Teoría de la sustanciación se basa en la idea de que los derechos y las relaciones jurídicas no son estáticos, sino que se van desarrollando y evolucionando a lo largo del tiempo a través de la interacción y el diálogo entre las partes en litigio, la importancia de las garantías de audiencia radica en permitir que las personas sean tratadas de manera justa y equitativa en el proceso judicial, respetando siempre sus derechos y libertades fundamentales.
Lo anterior es analizado por el magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, en su espacio Así es el Derecho, detallando que dicha teoría se refiere al enfoque procesal que se centra en la importancia de la etapa inicial del proceso, donde las partes deben presentar y señalar todos los elementos de prueba y alegatos desde el principio, de manera que el juez pueda resolver el caso basándose en la información proporcionada en esa etapa.
Por tanto, señala, debe considerarse que desde el escrito inicial deben exponerse circunstanciadamente y con claridad los hechos que constituyen la relación jurídica, lo cual no sólo se exige para la marcha regular del juicio, la admisión de la prueba y la referencia que de aquéllos debe hacerse en la sentencia, sino también para determinar la acción ejercida, lo cual influye en la competencia del tribunal, según se trate de una acción real o personal.
Explica que dicha teoría tiene como finalidad que el demandado tenga conocimiento de los hechos constitutivos de la acción para que se encuentre en posibilidad de preparar debidamente sus defensas y sus excepciones, así como para aportar las pruebas que estime pertinentes para desvirtuar los hechos sobre los que verse la litis, esto es, tiene como intención que a la parte demandada se le respete adecuadamente su garantía de audiencia, en el sentido de que conozca plenamente qué se le demanda y por qué, esto es, la pretensión y la causa de pedir.
Titular de la Tercera Ponencia de la Quinta Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México, el cual preside el penalista Rafael Guerra Álvarez, el magistrado Élfego Bautista Pardo, abundó por lo anterior, de ahí que los artículos 255 fracción V del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, 1378 fracción V y 235 fracción VI del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares —implementado conjuntamente entre el Congreso local y el Poder Judicial de la capital de la República—, señalen como requisito de la demanda la exposición clara y sucinta de los hechos en que el actor funde su demanda, los cuales deberán estar relacionados a su vez con los documentos con los que pretenda acreditar la acción que ejerza.
El jurista admitió que todo este procedimiento jurídico, puede ser subsanable mediante la figura de la prevención, pues en los citados ordenamientos, también se establece que, si la demanda fuere oscura (falta de claridad de la demanda presentada ante el órgano jurisdiccional), irregular o no cumpliera con alguno de los requisitos enlistados en los artículos antes referidos, se le prevendrá indicándole con toda precisión en qué consisten los defectos de la misma en el proveído que al efecto se dicte.
Está oportunidad, apunta el magistrado Élfego Bautista Pardo, puede ser utilizada por la parte accionante precisamente para aportar con mayor puntualidad los datos relevantes que hagan clara su causa de pedir, así como las circunstancias de tiempo, modo y lugar conforme a las que se dieron los hechos, a fin de hacerlos del conocimiento del juzgador que conocerá de la controversia, y tenga los elementos necesarios para dictar la sentencia definitiva correspondiente.
Debe recordarse que las deficiencias que se desprendan de la demanda, no pueden ser subsanas con posterioridad con el resultado de las pruebas que fueron aportadas, pues los hechos constitutivos de la acción que se intenta deben precisarse y no inferirse de las pruebas que se acompañen, ya que éstas solo se aportan para acreditar tales hechos.
De ahí, puntualizó, la importancia de la teoría de la sustanciación al ser necesario que la parte actora exponga circunstanciadamente y con claridad los hechos en que sustenta su pretensión a fin de que a la demandada se le otorgue una adecuada defensa; se integre debidamente la litis, y el juez del conocimiento, pueda dictar una sentencia que resuelva efectivamente la controversia planteada.
Así es el Derecho, finalizó el magistrado Élfego Bautista Pardo.
En resumen, en México, las garantías de audiencia están establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 14, que establece que "nadie puede ser juzgado sin ser escuchado y sin que se le haya dado oportunidad de defenderse".
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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Se postulará para Juez, Héctor Lopez Ibañez

Se postulará para Juez, Héctor López Ibáñez

El sobresaliente Catedrático de la UNAM licenciado en Derecho y especialista en Amparo demás obtuvo un reconocimiento de la Unión Nacional e Internacional de Periodistas de Cultura y Espectáculos {UNIPECE) se postulará para obtener la oportunidad de fungir como Juez, debido a su experiencia, honestidad y su deseo de servir a México, ante los cambios de la Reforma Judicial.
HECTOR LOPEZ IBAÑEZ
Profesión: Licenciado en Derecho, desde el 5 de junio de 1979, egresado de la U.N.A.M (Ciudad Universitaria).
EXPERIENCIA Y FORMACION ACADEMICA
Desde 1982 hasta la fecha me desempeño como Profesor en la Escuela Nacional de Estudios Profesionales, Campus Aragón, ahora F.E.S. (Facultad de Estudios Superiores) de la Universidad Nacional Autónoma de México, dando las clases de “Recursos y Necesidades de México”.
En el mes de mayo del año 2003, participe en el concurso de oposición para profesor de asignatura definitivo en la materia de “AMPARO” de la carrera de DERECHO en la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Campus Aragón ahora F.E.S. (Facultad de Estudios Superiores) de la Universidad Nacional Autónoma de México, resultando “APTO GANADOR”.
Del 12 al 27 de enero del 2004. tomé curso de “Amparo” con una duración de 25 horas, dentro del marco, del programa de actualización docente para profesores de licenciatura impartido en la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Campus Aragón, ahora F.E.S. (Facultad de Estudios Superiores) de la Universidad Nacional Autónoma de México.
PRACTICA PROFESIONAL
Desde el año 1979 he trabajado en diferentes despachos jurídicos, tramitando juicios ejecutivos mercantiles, de prescripción positiva, alimentos, intestados, divorcios, interdicciones y otros; asuntos en Materia Laboral, en Materia Penal, desde la etapa de averiguación previa (ahora carpeta de investigación), hasta la conclusión del proceso penal, Juicios de Amparo en Materia Penal (contra sentencias definitivas condenatorias de fraude, abuso de confianza, robo), también en contra de clausuras; en Materia Administrativa
 El sobresaliente Catedrático de la UNAM licenciado en Derecho y especialista en Amparo demás obtuvo un reconocimiento de la Unión Nacional e Internacional de Periodistas de Cultura y Espectáculos (UNIPECE) se postulará para obtener la oportunidad de fungir como Juez, debido a su experiencia, honestidad y su deseó de servir a México, ante los cambios de la Reforma Judicial.
Actualmente tengo el cargo de secretario de Relaciones Públicas en la asociación civil, Amigos del Parque Rosendo Arnaiz, protegiendo la flora y la fauna de dicho parque e impulsando el deporte de niños, jóvenes, adultos y personas de la tercera edad. 
He sido entrevistado en distintas ocasiones en la radio, para opinar sobre algunos aspectos jurídicos, relevantes del momento por el conductor RICARDO PERETE en la estación 1440 AM y por ROSA MARÍA BAUN SÁNCHEZ (presidente nacional de Locutores), en Radio Chapultepec. 
También se han publicado las entrevistas que me han hecho, en donde he opinado sobre aspectos jurídicos de carácter Nacional en relación a la disminución del IVA del 15 al 10% y sobre ilegales reformas al Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, en diferentes medios de comunicación (periódicos).
HABILIDADES PERSONALES
Experiencia en relaciones públicas; responsable; facilidad para trabajar bajo presión; capacidad para trabajar en equipo, y mantener un clima laboral sano; adecuada expresión oral y escrita; buena presentación; Afición a la lectura, Ajedrez, Frontón y Canto

jueves, 5 de diciembre de 2024

Teoría del delito permite que justicia no se quede en ideal abstracto

Teoría del delito permite que justicia no se quede en ideal abstracto

*** Así lo afirmó el magistrado Javier Raúl Ayala Casillas, con la representación del magistrado Rafael Guerra Álvarez, durante la presentación del libro Teoría del Delito. Evolución, conceptos, fundamentos y casos prácticos
*** En el auditorio Benito Juárez, el autor, Enrique Díaz-Aranda, comentó que la justicia penal es la más urgente de atender, porque es la que la gente necesita

BLAS A. BUENDÍA *

La teoría del delito se debe entender como una herramienta que permite a los impartidores de justicia dictar resoluciones bien fundamentadas, pero sobre todo orientadas a que la justicia no se quede en un ideal abstracto, afirmó el magistrado Javier Raúl Ayala Casillas, sino que se traduzca en una realidad concreta para quienes acuden a los tribunales en busca de ella en el marco de legalidad y respeto a derechos humanos.
Con la representación del presidente del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), magistrado Rafael Guerra Álvarez, Ayala Casillas pronunció un mensaje en la presentación del libro Teoría del Delito. Evolución, conceptos, fundamentos y casos prácticos, del investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, Enrique Díaz-Aranda.
En el auditorio Benito Juárez del órgano judicial capitalino, Ayala Casillas comentó que la teoría del delito es la disciplina esencial dentro del derecho penal que se ocupa del estudio sistemático de los elementos que constituyen un delito, a través de sus principios y categorías.
Proporciona al jurista, abundó, en cualquiera de sus ámbitos de actuación, las herramientas para analizar si un acto cumple con los requisitos necesarios para ser considerado como delito.
Ante magistradas, magistrados, juezas, jueces y personal judicial del PJCDMX, el integrante de la Séptima Sala Penal agregó que la teoría del delito no solo es elemental para la correcta aplicación de la ley, sino que también desempeña un papel fundamental en la determinación de la responsabilidad penal de los individuos.
“No se limita a ser un marco conceptual para guiar a los operadores públicos en la interpretación y aplicación de la norma penal, constituye la base sobre la cual se constituyen decisiones que deben afectar profunda y trascendentalmente la vida de las personas”, planteó en el presídium en el que también estuvo la directora del Instituto de Estudios Judiciales, Paulina Cal y Mayor Turnbull.
En su oportunidad, Díaz-Aranda comentó que la justicia penal es la más urgente de atender, porque es la que la gente necesita, además de jueces profesionales en cuyas manos recae la impartición de justicia.
El doctor en derecho penal y autor de diversa obra jurídica, durante su alocución, cuestionó diversas reformas que desde el Poder Legislativo se han realizado en torno a la teoría del delito, al considerar que parten de un gran desconocimiento de la misma, y que han puesto en entredicho principios como el de presunción de inocencia.
Por su parte, la magistrada por ministerio de ley María del Rocío Morales Hernández, consideró que los impartidores de justicia ya no pueden emitir resoluciones solamente basadas en el derecho procesal o la dogmática penal, sino a partir del conocimiento vasto de diversas áreas.
Agregó, además, que la labor de los impartidores de justicia no es aislada, pues resulta necesaria una buena investigación, porque de lo contrario los jueces no pueden hacer nada para establecer quien realizó un delito.
Reportero Free Lance *
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Muere Mayka Montalvo gran Verdete y ejecutiva en ejemplar de la ANDA

Muere Mayka Montalvo gran Verdete y ejecutiva en ejemplar de la ANDA

La actriz y vedette destacada Mayka Montalvo, deja un gran legado de talento, belleza y profesionalismo pues fue la mujer mexicana elegida para participar en un buen video con el grupo de rock inglés The Rolling Stones el cual círculo en todo el mundo mostrando su extraordinaria belleza. Sus hijos Jesús y Mayka, nos recuerdan parte de sus logros: «Poca gente ha mencionado que mi Mamá fue de las pocas artistas que estuvo en Japón durante un año 72-73 – Cómo vedette – así como haber sido portada del CD de k banda de rock Molotov».
Participo en películas como «La Montaña sagrada» con Jorodowsky y en «El Santo en contra los leprosos», sobresalió en teatro, televisión, fotonovelas y modelaje además del famoso mundialmente, vídeo con The Rolling Stones en los años 80s entre muchas cosas más que son parte de su trayectoria.
Por más de 50 años fue socia Honoraria de la ANDA y fungió como delegada en Televisa San Ángel, dirigiendo al grupo de delegados de Televisa. Era sindicalista de corazón, por los derechos de la Asociación Nacional de Actores, también ahí trabajó en Previsión Social con Emilia Carranza y con Julio Alemán, en la secretaría general y como jefa de campaña para la diputación federal que logro Julio Alemán como representante del PRI y de la ANDA en 1991- 1994 en el distrito electoral federal 7.
EN EL FUNERAL DEL INOLVIDABLE CANTINFLAS
«Ella estuvo a cargo de la ceremonia del funeral de Mario Moreno Cantinflas en su sepelio en 1993 y los honores en la ANDA, el traslado a Bellas Artes”.
A Mayka Montalvo le sobreviven sus hijos Mayka Díaz Becerra y Jesús Perseo Becerra Hernández. Descanse en paz la hermosa tabasqueña Mayka Montalvo.

miércoles, 4 de diciembre de 2024

Hice gran amistad con Silvia Pinal, una mujer sencilla y noble que me brindo su apoyo mi carrera

"Hice gran amistad con Silvia Pinal, una mujer sencilla y noble que me brindo su apoyo mi carrera

Por Alberto Esteves Arreola

«Hice gran amistad con Silvia Pinal, una mujer sencilla y noble que me brindo su apoyo mi carrera. Era ella un alma de Dios», dice el imitador más prolífico y experimentado «El Mil Voces», tras la muerte de Silvia Pinal, Primera actriz. Mexicana e Internacional.
Entrevistado en la Asociación Nacional de Actores (ANDA)
El Mil Voces, reveló que en su momento «fui amigo de muchas personalidades como María Félix, Rigo Tovar, Juan Gabriel, Marco Antonio Muñiz,’ y actores de cine como Luis Aguilar y Miguel Aceves Mejía y muchos más que eran cantantes muy afamados y yo los imitaba y lo sigo haciendo». También nos revela que Silvia Pinal, «nunca fue clasista y solo veía, quienes tenían talento y los apoyaba. Así pude trabajar con Silvia muchas veces en especial durante tres meses, cuando llegó a diputada, en 1990. Siempre compartimos la sal y la pimienta, en desayunos, comidas y cenas.
Nos llevamos muy bien, pues ella era así, una persona muy natural, sin poses, en una palabra, toda una dama, una mujer extraordinaria».
«El Mil Voces», explico que a la señora Pinal, «Le agradaban mucho mis imitaciones de los más famosos cantantes. Eso siempre lo recordaré, porque me daba palabras de aliento».
Recuerda que trabajó intensamente con la Pinal, en su época política, «fueron tres meses, ocurrió cuando llegó a ser una flamante diputada, en el año 1990. Compartimos la sal y la pimienta, en desayunos, comidas y cenas, nos llevamos muy bien pues ella era así, muy natural, sin poses, en una palabra, toda una dama, una mujer extraordinaria.
Y este punto es muy interesante porque en la mayoría de los casos los y las artistas se sienten superiores a cualquiera y eso les hace perder la popularidad. «Doña Silvia nunca fue así. Por eso siempre será una estrella como ninguna», finalizó el famoso, por décadas, «El Mil Voces», Santiago Vázquez, quien ha vuelto al ambiente musical y la imitación, además es compositor del tema de moda en la radio «Como las piedras rodando», que canta en sus actuaciones con un éxito tremendo.) y suena en la radio por internet en el 98.9 Radio Magic Universal.

lunes, 2 de diciembre de 2024

Fincan Responsabilidad al titular del IMSS por desacato

Crónica Poética Maldita 

 Fincan Responsabilidad al titular del IMSS por desacato

De la Dirección
 
El periodista Juan Carlos Martínez, hace responsable a Zoe Robledo Aburto, titular del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de lo que le pase en un futuro cercano físicamente y emocionalmente, ya que desacató instrucciones en su momento del expresidente Andrés Manuel López Obrador y ahora de la mandataria la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, de velar por su salud del comunicólogo.
De lo anterior, el promotor especializado en materia cultural y las bellas artes comentó que está establecido en el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos la cual menciona que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
Sin embargo, -añadió- sólo basta apretar un botón, en el numeral 73 de la misma ley fracción XVI inciso primero establece que el Consejo de Salubridad General dependerá directamente del Presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país.
Quiere decir que ni el titular del IMSS, subordinado ni mucho menos una serie de doctores recién egresados de la Universidad Campus Santo Domingo, puden dejar en estado de indefensión a ninguna persona que requiera atención medica y sus beneficios.
La realidad de los hechos es otra historia diría “Nana Goya”, los pacientes para funcionarios públicos y médicos del IMSS protagonizan, lo que pareciera, una actuación de alto nivel, sino a contario sensu, la obra escénica intitulada “Los tacos de tifo esta mejor”, donde la trama principal es dejar en estado de indefensión a los derechohabientes.
En este tenor de ideas, cabe señalar que los Doctores Enrique Iván y Camelo de traumatología y ortopedia del Hospital Villa Coapa, y del Hospital General Zona 30 fueron los actores principales del cortometraje de la vida real, al dejar al comunicólogo mexicano sin esperanza a la atención en la rehabilitación de columna, cadera y pierna.
El doctor en derecho dijo que el servicio médico de la institución da terror, horro y miedo, pues argumentan que los médicos manifiestan que la falta de existencia de fractura, pero si de desplazamiento en las vertebras L4 y L5, la disminución generalizada de espacio intervertebrales con degeneración de una vértebra.
Además que presenta en ambas caderas disminución de espacio articular con osteolitos acetabularias (son proyecciones óseas que se forman en la articulación de la cadera, como resultado de la tensión y el desgaste o osteoartritis o artrosis es la enfermedad degenerativa articular más frecuente, caracterizada por la destrucción del cartílago hialino que recubre las superficies óseas.
De esto, el cartílago es un tejido que hace de amortiguador al proteger los extremos de los huesos y que favorece el movimiento de la articulación). Además que padece disminución generalizada de espacios intervertebrales con protrusiones discales por degeneración discal principalmente en L3, L4, L5, S1 (La disminución de los espacios intervertebrales y las protusiones discales pueden ser síntomas de una hernia discal (Se produce cuando el disco intervertebral se rompe y parte de su contenido sale, lo que puede comprimir el canal raquídeo. Los síntomas incluyen dolor lumbar, dolor en la zona glútea, dolor de pierna o ciática, hormigueo en la pierna y debilidad muscular)  o de estenosis espinal lumbar.
Asimismo, la estenosis espinal es una afección en la que el canal vertebral se estrecha, ejerciendo presión sobre la médula espinal y las raíces de los nervios. Esto puede causar dolor, entumecimiento, debilidad o calambres en la parte inferior de la espalda, las piernas, el cuello, los hombros o los brazo, ocasionado por traumatismo de columna que padeció el día 16 de febrero del presente año en hora de trabajo, y que no quieren reconocer ya que generaría Riesgo de Trabajo lo que quiere decir que el nulo pago del 100 por ciento de incapacidades; sin embargo, han tratado de minimizar el accidente a enfermedad de trabajo, y sobre todo han mostrado molestia ya el reconocido periodista por el Senado de la República ha estado dando diversas conferencias de prensa sobre su situación.

Tramitación de asuntos en materia civil y familiar, solamente mediante expediente y firma electrónicos

  

Tramitación de asuntos en materia civil y familiar, solamente mediante expediente y firma electrónicos

 *** Derivado de la entrada en vigor de la fase 1 de la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en el PJCDMX, se realizará esta nueva faceta legal a partir de este domingo 1 de diciembre de 2024
***  Así lo determinó el CJCDMX, conforme al Plan de Implementación del citado código, aprobado por el órgano de administración, vigilancia y disciplina el 21 de mayo pasado
 
BLAS A. BUENDÍA
 
Editor: Juan Carlos Martínez
El Corredor Informativo 

Derivado de la entrada en vigor de la fase 1 de la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF) en el Poder Judicial de la Ciudad de México, a partir de este domingo 1 de diciembre de 2024, los asuntos que se tramiten en esas materias se integrarán única y exclusivamente en expediente electrónico y mediante la firma electrónica.
Así lo determinó el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (CJCDMX), conforme al Plan de Implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aprobado por ese órgano de administración, vigilancia y disciplina del órgano judicial capitalino el 21 de mayo pasado.
Así, a partir de este domingo el uso exclusivo del expediente electrónico y firma electrónica operará, en la materia civil, para la promoción de controversias tramitadas en el juicio especial hipotecario oral y en el juicio especial de arrendamiento inmobiliario oral, así como sus procedimientos preparatorios, recursos y medios de defensa, conforme a lo dispuesto en el CNPCyF.
Por lo que hace a la materia familiar, para la promoción de procedimientos de jurisdicción voluntaria en todas sus modalidades, cualquier controversia familiar en la que no se plantee el divorcio, aquellos conflictos que se atiendan mediante la justicia restaurativa, así como sus respectivos procedimientos preparatorios, recursos y medios de defensa, conforme a lo dispuesto en este nuevo Código.
El CJCDMX precisó que, a partir de esta fecha, ninguna petición será recibida físicamente, por lo que cualquier escrito inicial de demanda, contestación, promoción subsecuente, interposición de recurso y/o medio de defensa solo será recibido a través de la Oficialía de Partes Virtual dependiente de la Oficialía de Partes Común Civil, Cuantía Menor, Oralidad, Familiar y Sección Salas con la autenticación de la firma electrónica de las personas que promueven.
Por otra parte, a fin de garantizar la tutela jurisdiccional efectiva de todas las partes en los procedimientos judiciales en torno a los expedientes electrónicos, trámite de firma electrónica, transmisión de audiencias en línea y demás trámites apoyados en las tecnologías de comunicación e información, el CJCDMX ordenó la instalación de módulos en los inmuebles de Plaza Juárez 8, sede de los órganos jurisdiccionales de la materia familiar, y Torre Patriotismo, sede de los órganos judiciales de la materia civil, para brindar apoyo, asistencia, acceso, consulta y soporte técnico de manera gratuita a los justiciables.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
filtrodedatospoliticos@gmail.com

Litigación eficiente en nuevo modelo oral civil y familiar requiere planificación y estrategia

Litigación eficiente en nuevo modelo oral civil y familiar requiere planificación y estrategia

***El magistrado de la Primera Sala Civil, Marco Antonio Velasco Arredondo, así lo aseguró al señalar la urgencia de que las y los abogados se capaciten
*** Destacó que esto es así ante el hecho de que los juicios civiles y familiares representan el 75% de la carga de trabajo en los tribunales de todo el país
 
BLAS A. BUENDÍA *

Editor: Juan Carlos Martínez, 
El Corredor Informativo
 
La oralidad prevista en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF) hace necesaria la planificación y la estrategia en la litigación para que las y los abogados postulantes puedan llevar a cabo una representación eficiente de los justiciables en las salas de audiencia, enfatizó el magistrado Marco Antonio Velasco Arredondo, del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), encabezado por el magistrado Rafael Guerra Álvarez, al subrayar la urgencia de que se capaciten.
El integrante de la Primera Sala Civil y de la Comisión para la Implementación de la Oralidad Civil-Mercantil y Extinción de Dominio alertó que esta urgencia estriba en el hecho de que los juicios civiles y familiares representan el 75 por ciento de la carga de trabajo en los tribunales en todo el país.
Ante tal escenario, planteó la necesidad de que las y los abogados postulantes regresen a las aulas universitarias, institutos y centros de capacitación para que adquieran conocimientos y habilidades que les permitan llevar a cabo un litigio eficiente que privilegia la especialidad.
Velasco Arredondo insistió en que en el nuevo modelo de justicia estipulado por el CNPCyF la información útil para las y los impartidores de justicia se genera en la audiencia, por lo que advirtió que si el litigante acude sin planeación del interrogatorio que practicará el pronóstico será el de un “fracaso terrible”.
“Imagínense que los abogados van preparados 15 minutos antes de una audiencia; es una audiencia perdida, es una audiencia ineficaz, una audiencia que no va a producir nada de información, y, sobre todo, una audiencia donde el cliente verá las habilidades de su abogado”, planteó el magistrado.
Destacó la importancia de que en el nuevo sistema de justicia civil y familiar los justiciables sean muy meticulosos al momento de contratar a un abogado para que los represente de manera adecuada en las salas de audiencia, ya que, de no hacerlo, se encontrarán en una desventaja significativa frente a su contraparte.
El impartidor de justicia destacó que el juicio oral que señala el CNPCyF requiere de abogados y abogadas que no solamente cuenten con cédula profesional, al recordar que en el nuevo modelo se trasciende la audiencia en la que el secretario de acuerdo del juzgado plasma en papel lo que le dicen las partes, lo cual es muy poco y limitado.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
filtrodedatospoliticos@gmail.com

Urge que Sheinbaum restaure la paz de la República

  

Urge que Sheinbaum restaure la paz de la República

*** Reto para la gobernanza claudista, avizora la Academia de Derecho Penal del Colegio Nacional Foro de México
*** Cuando el Estado gobernado por los neoliberales decidió crear ligas delictivas con la narco-delincuencia, es ahí donde surgió una cofradía política delictiva. Una vez iniciada ella, ésta ha sido por décadas consentida y a la fecha intocada ahora por los morenistas
 
BLAS A. BUENDÍA *
 
La restauración de la paz en la República Mexicana es un tema prioritario para Claudia Sheinbaum. En su mensaje del 25 de noviembre de 2024, la primera presidenta de México, destacó la importancia de mantener la paz y la seguridad en el país.
Entre sus propuestas para lograr esto, se encuentra una diversificación de factores determinantes para exterminar este flagelo, toda vez que en el marco de numerosos contextos de violencia que azotan simultáneamente al país, más de mil 300 personas han sido víctimas de homicidio doloso en los días que lleva el nuevo sexenio, de acuerdo con cifras reportadas por el Informe de Seguridad Pública federal.
La señora Sheinbaum, sin duda alguna, debe fortalecer la justicia y la seguridad, ya que se comprometió a trabajar para erradicar la corrupción y la impunidad en el sistema judicial y de seguridad.
Asimismo, el Estado mexicano está obligado porque así lo mandata la Constitución Política de los Estados Mexicanos, apoyar a las víctimas de la violencia, es decir, la presidenta se comprometió a trabajar para apoyar a las víctimas de la violencia y a sus familias.
De igual manera, fomentar la participación ciudadana, en cuyo parámetro, Sheinbaum destacó la importancia de la participación ciudadana en la construcción de la paz y la seguridad en el país.
Es importante hacer hincapié que la restauración de la paz en la República Mexicana es un proceso complejo que requiere la colaboración de todos los sectores de la sociedad. La presidenta Sheinbaum ha demostrado su compromiso con este tema, y es fundamental que se siga trabajando juntos para lograr una sociedad más justa y pacífica.
En esta constelación de problemas que dejó como una herencia maldita Andrés Manuel López Obrador, el Ateneo de Estudios Jurídicos Penales del Colegio Nacional de Abogados Foro de México y algunos selectos togados de diversas Barras de Abogados de la República, desde añejo han venido expresando que los hechos políticos de los gobernantes son la impronta que las agrupaciones partidistas imponen a la historia de México.
La abogacía independiente y pensante de esta Nación sabe que las opiniones e ideas expresadas por los partidos políticos que vayan en contra de la Carta Magna, dan paso de inmediato, a hacer valer, una serie de acciones e inconformidades de índole legal en contra de esa manera de pensar o actuar.
El resultado de esas ideas políticas contrarias al espíritu de la ley que se llevaron al cabo en anteriores sexenios, se vio influenciada por el fenómeno de la narco-política.
La pregunta a formular sería: ¿Cuándo se inició esa desgracia?
La respuesta es fundamentalmente clara: cuando el Estado gobernado por los neoliberales decidió crear ligas delictivas con la narco-delincuencia, es ahí donde surgió una cofradía política delictiva. Una vez iniciada ella, ésta ha sido por décadas consentida y a la fecha intocada ahora por los morenistas, muchos de ellos identificados como priistas traidores, cobardes y resentidos a pesar de tener en sus manos el poder legislativo de la Nación.
En esa ilegal alianza, México comprometió su libertad y dignidad en virtud de la cristalización de esas ideas de índole político. Desde aquel pasado, ese grupo de narco-políticos se ha esforzado porque sus formas de actuar y pensar sean reconocidas poco a poco, lo que conllevaría a establecer un Estado de facto.
Un dato relevante, al término del sexenio de López Obrador, éste pésimo presidente, dejó una estela de muerte nunca antes registrada, ya que su política de “abrazos, no balazos” jamás funcionó, porque se contabilizaron 199 mil 619 asesinatos, la cifra más alta en la historia reciente.
La lucha que sostiene el ateneo de referencia, se dio por aquella primera colaboración en contra de quien ejerció el poder para denigrar a la justicia. Lo que confirma que los que aspiramos a un México mejor, pugnamos por la magna empresa de que se conozcan, exhiban y sancionen a aquellos creadores de tan repugnante afinidad.
Sabido es en Derecho que cuando existe una colisión entre los poderes políticos y los poderes facticos, hay que atenerse siempre a criterios de interpretación que potencien la independencia y permanencia de la justicia.
En nuestro pasado, aquellos que debieron de cumplir con su misión de limitar, vigilar y controlar esa forma de tan despreciable de poder no lo hicieron, porque, aparte de estar comprometidos, invadidos y coludidos con el narcotráfico olvidaron, sin más, sus responsabilidades constitucionales convirtiéndose por ello en operadores, encubridores y cómplices de esa delincuencia de poder.
En definitiva, el hecho de que, por no haberse prevenido y depurado en sede política y jurídica los excesos e inequidades del creador de esa alianza, México se vio expuesto a que un poder factico actuara con apariencias de legalidad.
La circunstancia de que, después de tantas décadas de permitir esa infiltración del poder del narcotráfico y que en su momento no se haya querido combatir ese problema y ninguna instancia del poder de la justicia actuara, nos hace pensar que la actual Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos se encuentra ante el mayor reto de su gobernanza.
¿Podrá con su forma de actuar, exterminarlo? Solo el tiempo lo descubrirá.
“¡Es cuanto!”, precisó la Academia de Derecho Penal del Colegio Nacional Foro de México, A.C., que encabeza el penalista Alberto Woolrich Ortiz.
 
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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Legitimación

Legitimación

*** La legitimación en juicios orales mercantiles y su estudio, es el análisis que presenta el magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, en su espacio Así es el Derecho
 
BLAS A. BUENDÍA *
 
En México existe el derecho de acceso a la justicia, consistente en que dentro de los plazos y términos que fijen las leyes para acceder de manera expedita a tribunales, toda persona puede plantear una pretensión o defenderse de ella mediante proceso en el que se respeten ciertas formalidades, se decida sobre la pretensión o la defensa y, en su caso, se ejecute tal decisión.
Planteó lo anterior el magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, en su espacio Así es el Derecho, donde analiza que ese derecho comprende tres etapas: una previa al juicio, otra propia del procedimiento jurisdiccional y una relacionada con el cumplimiento de las resoluciones.
La primera etapa comprende el derecho de acción, concebido como petición al juez para que empiece el proceso jurisdiccional, y el juzgador analiza si se cumplen los requisitos mínimos para hacerlo.
Dicho lo anterior, entramos en materia: la legitimación es la capacidad para actuar y uno de los requisitos indispensables que debe cumplir la parte que demanda justicia por incumplimiento o violación de la relación contractual —o pacto— convenida con otra persona.
La legitimación también se cumple en los juicios orales mercantiles cuando “(…) la acción es ejercitada en el juicio por aquél que tiene aptitud para hacer valer el derecho que se cuestionará, bien porque se ostente como titular de ese derecho o bien porque cuente con la representación legal de dicho titular”.
Regularmente la legitimación procesal de la parte actora debe analizarse en la audiencia preliminar y no en la admisión de la demanda, porque en esa actuación la persona juzgadora se pronuncia respecto a quien solicita el juicio y bajo qué calidad.
Ahora nos referimos a la demanda de justicia presentada por una persona porque otra violó o no cumplió la relación contractual, es decir el pacto o compromiso que ambas firmaron o contrajeron.
Cabe decir que el juicio oral mercantil es un proceso jurisdiccional especial que se rige por principios específicos y por reglas y metodologías propias, por lo que las reglas generales del Código de Comercio sólo pueden regular aspectos no previstos por aquéllas.
Por ello, el juez analizará en la admisión de la demanda si ésta cumple los requisitos formales exigidos por ley para abrir el juicio, y formular las prevenciones correspondientes si estima que no los cumple, pero sin pronunciarse respecto de la acreditación de la legitimación procesal, pues esto lo analizará en la audiencia preliminar, cuyo objetivo es la depuración del procedimiento.
En la audiencia preliminar la persona juzgadora cuenta con mayores elementos para construir su decisión respecto del cumplimiento del presupuesto procesal que es la legitimación, ya que en la relación contractual puede haber hechos no controvertidos, esto es, la parte actora y la demandada pueden estar de acuerdo con la existencia de hechos no planteados en la demanda, lo cual conlleva que esos hechos no son prueba, puntualizó el jurisconsulto.
El magistrado Élfego Bautista Pardo, es Titular de la Tercera Ponencia de la Quinta Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México, que preside el magistrado penalista Rafael Guerra Álvarez.
 
Legitimación
A mejor abundamiento, se advierte también que la legitimación en juicios orales mercantiles es un tema fundamental en el derecho procesal mercantil. A continuación, se detalla un estudio sobre la legitimación en este tipo de juicios:
Concepto de legitimación
La legitimación es la cualidad que tiene una persona para ser parte en un proceso judicial. En el contexto de los juicios orales mercantiles, la legitimación se refiere a la capacidad de una persona para ser demandante o demandado en un proceso mercantil.
Tipos de legitimación
En los juicios orales mercantiles, existen dos tipos de legitimación:
1. Legitimación activa: Es la capacidad que tiene una persona para ser demandante en un proceso mercantil. La legitimación activa se requiere para que una persona pueda iniciar un proceso judicial contra otra persona.
2. Legitimación pasiva: Es la capacidad que tiene una persona para ser demandado en un proceso mercantil. La legitimación pasiva se requiere para que una persona pueda ser objeto de una demanda judicial.
Requisitos de legitimación
Para que una persona tenga legitimación en un juicio oral mercantil, debe cumplir con los siguientes requisitos:
1. Capacidad jurídica: La persona debe tener capacidad jurídica para ser parte en un proceso judicial.
2. Interés legítimo: La persona debe tener un interés legítimo en el proceso judicial.
3. Personalidad jurídica: La persona debe tener personalidad jurídica para ser parte en un proceso judicial.
Efectos de la falta de legitimación
Si una persona no tiene legitimación en un juicio oral mercantil, el proceso judicial puede ser anulado o declarado nulo. Además, la falta de legitimación puede generar costas y gastos para la persona que inició el proceso judicial.
Estudio de casos
A continuación, te presento algunos casos que ilustran la importancia de la legitimación en juicios orales mercantiles:
1. Caso "ABC vs. DEF": En este caso, la empresa ABC inició un proceso judicial contra la empresa DEF por incumplimiento de contrato. Sin embargo, el juez determinó que la empresa ABC no tenía legitimación para iniciar el proceso judicial, ya que no tenía un interés legítimo en el contrato.
2. Caso "GHI vs. JKL": En este caso, el señor GHI inició un proceso judicial contra la empresa JKL por daños y perjuicios. Sin embargo, el juez determinó que el señor GHI no tenía legitimación para iniciar el proceso judicial, ya que no tenía capacidad jurídica para ser parte en un proceso judicial.
Conclusión
La legitimación es un concepto fundamental en los juicios orales mercantiles. Es importante que las personas que participan en un proceso judicial tengan legitimación para evitar que el proceso sea anulado o declarado nulo. Además, la falta de legitimación puede generar costas y gastos para la persona que inició el proceso judicial.
 
Reportero Free Lance *
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