miércoles, 24 de julio de 2024

¡Cuidado!

 

¡Cuidado!

*** El incumplimiento de pagaré puede afectar patrimonio, así lo alertó la jueza Vigésimo Tercero Civil, Olga Argüello Velasco, al señalar que una cuenta bancaria, un auto, un inmueble, o hasta una pensión, son embargables si se incumple con lo estipulado
*** Antes de firmar ese documento que constituye un título mercantil de fácil cobro, dijo, las personas deben analizar su capacidad de pago
 
BLAS A. BUENDÍA *

Editor Juan Carlos Martínez, 
El Corredor Informativo 

Una cuenta bancaria, un auto, un inmueble, o hasta una pensión, se pueden perder, al ser embargables, si una persona incumple lo estipulado en un pagaré, alertó la jueza Vigésimo Tercero Civil, Olga Argüello Velasco, del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), que encabeza el magistrado Rafael Guerra Álvarez, al recomendar que, antes de firmarlo, las personas analicen su capacidad de pago, a fin de no ver afectado su patrimonio.
Explicó que el pagaré constituye un título mercantil en el que el deudor plasma con su firma una obligación de pago cuyo incumplimiento genera intereses, y con el cual el acreedor puede demandar su cumplimiento, mediante una demanda ante la instancia judicial, en este caso un juzgado civil, con el objetivo de que se decrete el embargo de algún bien de la persona que incurrió en impago.
“Lo recomendable en estos casos es siempre, antes de firmar el pagaré, tomar en consideración si realmente se posee la capacidad de pago”, alertó la impartidora de justicia, al asegurar que en la práctica judicial las demandas por esos casos son hasta por solo mil pesos y cotidianas.
Argüello Velasco recordó el caso de los pagarés que las personas firman ante las cadenas que ofrecen préstamos inmediatos por cantidades de mil o dos mil pesos, pero que a la larga los intereses son los que incrementan su adeudo. Entonces, abundó, cuando estos casos llegan a la instancia judicial, lo que procede es el embargo con el objeto de garantizar el pago, que puede recaer directamente en sus bienes con la consecuente afectación de su patrimonio.
Se entiende, dijo la jueza, que hay ocasiones en que con urgencia se requiere contar con dinero, e insistió en la importancia de analizar si se podrá hacer frente a la deuda y también de leer las “letras chiquitas” que estipula el pagaré.
Recordó que el pagaré en el ámbito mercantil es de fácil cobro, de ahí que su utilización ha perdurado a través del tiempo, y el cual su formato se consigue hasta en las papelerías; “lo llenan y es ahí donde empiezan los problemas de muchas personas, que llegan incluso a perder sus casas”, abundó.
Por otra parte, la impartidora de justicia también alertó sobre el hecho de firmar un documento en una transacción mercantil como aval, ya que si aquel que contrajo la deuda incurre en impago, el que tenga que asumir la carga y responder es quien firme en esa calidad.
 
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
filtrodedatospoliticos@gmail.com
 

TELEVISA hundió a TV AZTECA en sendos Reality's, al iniciar La casa de los famosos vs La Academia

 

TELEVISA hundió a TV AZTECA en sendos Reality's, al iniciar La casa de los famosos vs La Academia

 
Alberto Esteves Arreola 

Sin exagerar Televisa sepultó a veinte metros bajo tierra, a La Academia de TV Azteca contra La Casa de los Famosos, que resultó más atractiva para los sabiondos televidentes.
La televisora más poderosa de América Latina, Televisa,  obtuvo en Rating dos millones 270 mil mientras La Academia, solamente casi la mitad además, de que Jaime Camil, conductor de La Academia soltó una crítica dura y con el  micrófono abierto dijo, "...Que mal lo hacen". Así se dijo en el programa de Maxine Woodside, La Reina de la Radio, que tiene mucha credibilidad. Este hecho ya generó un futuro más que negro para TV Azteca. 
En opiniones recogidas del público nos dijeron que Televisa sólo tuvo un error al elegir a Wendy Guevara como presentadore. Elle fue el ganador del año pasado y esto es porque "es poco aceptado entre los televidentes". En fin,  yo no le veo nada malo. 
Algunas opiniones de La Academia que es un buen proyecto, lleva 20 años, como une de los favorites, sin embargo, no se escucharon muchas buenas voces y sólo tres de ellos tienen un potencial según, dijo, Melanie Robles, una fan acérrima de ese buen concurso.
Para Televisa, hubo muchas buenas opiniones del como ocurrió la producción y gustaron los famosos, aunque en otra televisora de provincia se dijo que no hay famosos salvo una persona y creo que se equivocaron rotundamente en esa crítica. 
Entonces ya está dado el premio a mejor Rating para Televisa, la televisora más poderosa de América Latina y con mejores producciones que TV Azteca en todos los ámbitos, telenovelas, programa en vivo concursos, deportes, etc. 

Joe Biden, Cede a Kamala Harris la Candidatura Demócrata de EEUU

 

Joe Biden, Cede a Kamala Harris la Candidatura Demócrata de EEUU 

Alberto Esteves Arreola 

Kamala Harris suplir a Joe Biden, en la candidatura a la presidencia de los Estados Unidos de Norteamérica, solo falta la aprobación del expresidente Bara la Obama, quien no la apoya para que ella sea la qué compita con Donald Trump. 
Kamala Harris, según agencias de información está a dos puntos y medio para alcanzar a Trump en esta carrera por el poder. 
El anuncio se dio este domingo y de pronto algunos comentarios que surgen es que Trump, es muy agresivo en sus discursos contra  México, para sus campañas, aunque no está acertando en qué los migrantes todos son mexicanos y tampoco en qué son "violadores y asaltantes, delincuentes", pero si, en que el "narco mexicano, son terroristas". 
Trump a pesar de todo está muy fuerte y apoyado en sus principios de patriotismo y defensa de la invasión de migrantes que México permite pasar para llegar a Estados Unidos, cosa que ha sido un grave error de Biden y de López Obrador en México, quien invitó a los migrantes a venir y eso fue inaceptable. 
Biden ha permitido en su mandato -según agencias - que 5 millones de migrantes sin papeles legales y han cruzado por el desorden de Biden y perjudica eso a quienes ya viven legalmente en USA. 
Otros dicen que dice que Joe Biden, si logró una buena economía y muchas cosas más muy buenas. 
 

Extiende PJCDMX cultura jurídica con su librería itinerante

 


Extiende PJCDMX cultura jurídica con su librería itinerante

 
*** A través de ese novedoso programa de difusión, se ofreció a su personal, litigantes y público en general su oferta editorial más allá de su librería permanente
*** Mediante el programa concluido, puso a disposición más de 100 títulos a bajos costos, entre las obras de mayor demanda estuvo el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (de bolsillo y correlacionado)
 
BLAS A. BUENDÍA *
 
En un esfuerzo institucional de difusión de la cultura jurídica hacía su personal, litigantes y público en general, el Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), cuyo presidente es el magistrado Rafael Guerra Álvarez, culminó en el primer semestre del año su novedoso programa denominado Librería Itinerante, mediante el cual trasladó su oferta editorial propia hasta sus sedes más concurridas.
Por primera vez, los servicios de venta de la librería permanente salieron a los diversos inmuebles de la Ciudad Judicial, la Torre de Patriotismo 230, Plaza Juárez y los inmuebles de juzgados de los reclusorios Norte, Sur y Oriente, en lo que se pusieron a disposición de servidores públicos y justiciables más de 100 títulos a bajos costos.
Entre las obras de mayor demanda estuvieron la Compilación Penal (Código Penal para el Distrito Federal, Código Nacional de Procedimientos Penales, Ley Nacional de Ejecución Penal y Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal), Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (de bolsillo y correlacionado), Lo que debes saber sobre las sucesiones hereditarias y El asesinato de Trotsky. Un caso histórico para los tribunales.
A través de la Dirección General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial, de la que depende de la librería, se puso a disposición obra editorial como la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (tematizada), El Libro Rojo de la Administración de Justicia (volumen II) y Estatuas del Paseo de la Reforma. 77 Biografías en la Historia de México.
La oferta editorial también incluyó la Constitución Política de la Ciudad de México, De la prescripción extintiva, Lecturas Anales de Jurisprudencia. 90 Aniversario, Código de Ética del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal y La forma de los afectos.
Mediante la Librería Itinerante, los trabajadores del PJCDMX contaron con un descuento de 20 por ciento.
La oferta editorial del órgano judicial capitalino está disponible en la librería permanente con sede de Claudio Bernard, número 60, planta baja, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc, en un horario de lunes a jueves de 09:00 a 15:00 horas, y el viernes de 09:00 a 14:00 horas. Informes: 55 91 56 49 97. WhatsApp: 55 48 87 81 57. También se puede consultar el micro sitio https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/anales/
 
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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jueves, 18 de julio de 2024

El procedimiento de la interdicción en México

El procedimiento de la interdicción en México

*** El magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, en su espacio Así es el Derecho, analiza el tema “Interdicto de retener la posesión”
 
BLAS A. BUENDÍA *
 
El interdicto de retener la posesión está regulado en el artículo 16 del Código de Procedimientos Civiles aplicable para la Ciudad de México (CPC-CDMX) y actualmente en el artículo 27 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF), en los que se establece que su objetivo es poner término a la perturbación de la posesión de inmueble, teniendo como efecto, indemnizar al poseedor legal y que el demandado afiance o garantice no volver a ocuparlo, pues en caso de reincidencia podría ser acreedor a multa o arresto, según sea el caso.
Citó lo anterior el magistrado Élfego Bautista Pardo, titular de la Tercera Ponencia de la Quinta Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México, en su análisis Así es el Derecho que aparece en los soles.
Explica: Así tenemos que para la procedencia de la acción de retener la posesión se requiere de tres elementos que son:
1) Que la perturbación consista en actos preparatorios tendientes directamente a la usurpación violenta o a impedir el ejercicio del derecho;
2) Que se reclame dentro de un año; y
3) Que el poseedor no haya obtenido la posesión de su contrario por la fuerza, clandestinamente o a ruegos”.
Consecuentemente, precisó, el interdicto de retener la posesión presupone una situación de peligro inminente de actos del o los demandados tendentes a impedir el ejercicio de un derecho, los cuales no necesariamente se deben materializar de forma física en el mundo real, ya que conforme al artículo 16 del CPC-CDMX, podrían ser preparatorios; por lo tanto se debe acreditar que fueron violentos y tendentes a impedir el ejercicio de algún derecho.
De lo anterior, se desprende que los actos desplegados por el demandado deben ser manifestación de voluntad directamente encaminada a producir una perturbación en la posesión con consecuencias jurídicas, es decir que para que pueda considerarse cierta su existencia, esos actos deben ser reales y externados y no quedarse en la sola intención, puesto que la esencia de esta figura jurídica estriba en la necesidad de evitar que los particulares se hagan justicia por sí mismos.
En ese orden de ideas, resaltó que para que de acuerdo con su génesis se actualice la acción interdictal que nos ocupa, es obvio que el demandado debe desplegar actos que trasciendan al mundo material de manera efectiva y lesionan el derecho real de posesión que dice tener el actor sobre el inmueble, pues el orden jurídico no se ocupa de conductas internas del individuo, sino de manifestaciones de voluntad que traigan aparejada una consecuencia legal; en esas condiciones, resulta claro que si no existen dichas manifestaciones de voluntad, no puede considerarse que existan actos perturbatorios del derecho de posesión que amerite tutela jurisdiccional.
Asimismo, el ejercicio de la acción interdictal sólo procede entre particulares, y es improcedente si el acto perturbador proviene de autoridad judicial que trata de ejecutar una sentencia.
Finalmente, dijo, es importante señalar que en ningún interdicto se admitirán pruebas sobre la propiedad sino sólo las que versen sobre el hecho de la posesión, pues uno de los requisitos para la procedencia de la acción interdictal es que se pruebe el hecho de la posesión.
Así, podemos deducir que la finalidad del interdicto responde principalmente al propósito de proteger al que está de hecho en la posesión, de ataques emanados de actos de otro particular, por lo que si la acción interdictal de retener la posesión la intenta una diversa persona a quien tiene materialmente dicha posesión, la misma carece de legitimación para deducir la acción ante el órgano jurisdiccional correspondiente.
 
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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sábado, 13 de julio de 2024

Con el avance sincrónico del CNPCyF, se eliminará la existencia de múltiples legislaciones

 

Con el avance sincrónico del CNPCyF, se eliminará la existencia de múltiples legislaciones
 
*** El magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, en su espacio Así es el Derecho, analiza el tema sobre el “Inicio de vigencia del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares”
 
BLAS A. BUENDÍA *
 
La unificación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares traerá avances sincrónicos que culminarán con la existencia de múltiples legislaciones, estableciendo un solo criterio jurídico que marcará a México a la vanguardia en dichas materias legislativas.
Lo que se busca como ha quedado de manifiesto en el Congreso de la Unión, así como en cada uno de los órganos legislativos de la República Mexicana, es desde la homologación de los procedimientos a nivel nacional que fortalecerá el sistema de impartición de justicia en todo el país; reformar la existencia de múltiples legislaciones y la diversidad de criterios judiciales; agilizar las notificaciones personales, garantizará la adecuada ejecución de las sentencias y reducirá los tiempos y costos de los juicios, brindando una mayor seguridad y certidumbre jurídica.
El Magistrado Élfego Bautista Pardo, titular de la Tercera Ponencia de la Quinta Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México, el cual preside el magistrado penalista Rafael Guerra Álvarez, analiza en su espacio Así es el Derecho, el “Inicio de vigencia del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares”.
El 12 de septiembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que reformó diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entre ellos, la fracción XXX, del artículo 73, que facultó al Congreso de la Unión a expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar.
Al efecto, el 7 de junio de 2023 se publicó en el DOF el decreto por el que se expidió el CNPCyF, cuyo artículo segundo transitorio establece que la aplicación de lo dispuesto en el código entraría en vigor gradualmente en el orden federal, de conformidad con la declaratoria que, indistinta y sucesivamente, realicen las Cámaras de Diputados y Senadores que integran el Congreso de la Unión, previa solicitud del Poder Judicial de la Federación, y que en las entidades federativas entraría en vigor en cada una de acuerdo con la declaratoria que para ese efecto emitían los respectivos Congresos, previa solicitud del Poder Judicial del Estado correspondiente, sin que la misma exceda del 1º de abril de 2027.
Todo eso con la salvedad de que la interdicción y el procedimiento especial de declaración de ausencia entraron en vigor a partir del día siguiente de dicha publicación, esto es el 8 de junio, conforme con lo establecido en el referido artículo transitorio.
Con base en ello, el pasado 3 de julio, en periodo extraordinario de sesiones el Congreso de la Ciudad de México (CDMX) emitió la declaratoria de vigencia del CNPCyF, para que se aplique de forma gradual y escalonada.
La presidenta de la mesa directiva del órgano legislativo, diputada Gabriela Salido Magos, en compañía del magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Rafael Guerra Álvarez, dio lectura a la declaratoria de validez que establece la forma en que habrá de aplicarse la nueva normatividad, conforme a 3 artículos y 3 transitorio, en los que se destaca los siguiente:
El 1º de diciembre de 2024 comenzará la vigencia del CNPCyF respecto de los juicios especial hipotecario oral y especial de arrendamiento inmobiliario oral, por lo que hace a la materia civil.
En cuanto a la materia familiar, lo será en las jurisdicciones voluntarias en todas sus modalidades; para cualquier controversia familiar en la que no se plantee el divorcio, y para los conflictos que se atiendan mediante la justicia restaurativa.
El 1º de junio de 2025 empezará la vigencia para la jurisdicción voluntaria y providencia precautorias en materia civil y para los juicios ejecutivos civiles orales. En materia familiar los procedimientos y controversias distintas entrarán en vigor el 1º de diciembre del presente año.
El 15 de noviembre de 2025 comenzará la vigencia para los juicios ordinarios civiles orales, para la vía de apremio y demás controversias faltantes en materia civil. Asimismo, iniciará la aplicación supletoria del CNPCyF en los asuntos tramitados conforme a la Ley Nacional de Extinción de Dominio, Código de Comercio y demás leyes especiales mercantiles o civiles aplicables en la CDMX.
Finalmente, para la materia familiar el mismo 15 de noviembre comenzará la aplicación del nuevo código para los procedimientos sucesorios testamentarios o intestamentarios.
Conforme con lo establecido en la exposición de motivos de la iniciativa del CNPCyF, el Consejo de la Judicatura Federal y los correspondientes a los Poderes Judiciales de las entidades federativas, deberán hacer los ajustes normativos internos necesarios para implementar los sistemas de gestión judicial, trámites y servicios digitales requeridos en el sistema de justicia oral contenido en el Código, en el ámbito de personal, administrativo, orgánico estructural, infraestructura tecnológica e inmobiliaria, accesibilidad, y emitir los lineamientos normativos necesarios para tal efecto; lo que no excluye la obligación de los abogados postulantes de mantenerse actualizados, todo ello como parte de la evolución jurídica y judicial que representa la entrada en vigor de ese código.
 
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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Atentado contra Donald Trump

 

Atentado contra Donald Trump

Alberto Esteves Arreola

Cobarde, fue el atentado a Mr. Donald Trump en Pensilvania, Estado Unidos y la reacción internacional que es de condena porque es un intento de sacarlo de la política a como dé lugar. Se le envió mensaje a la Red X del señor Trump, a través de El Corredor Informativo de que le ocurriría ese atentado a su vida, pero nunca tomo en cuenta. El tirador fue encontrado y está o muerto, según se difundió en Le France Noticias en español. 
Se anunció que solo sufrió lesión en la oreja derecha del político estadounidense y empresario. Les falló a sus detractores que pagaran porque el Karma les viene fuerte. 
Esta actitud delincuencia ha ocasionado el enojo no sólo a lo sociedad estadounidense, sino a la comunidad internacional; sin embargo, esta situación lo beneficiará en las próximas elecciones.
Ahora sí Joe Biden, quedará sin esperanza de ganar las elecciones y los Estados y renunciará. Lo suple una mujer. 
OJO VIENE PELIGROSA ENFERMEDAD EN LA PIEL, LA SANGRE Y DAÑA EL CORAZON 
Los Estados Unidos, deben enfocarse en el próximo evento peligroso que es una enfermedad de la piel que provoca sangre en la nariz y daña el corazón, también tienen que prohibir y cancelar la comida de fabricación con tecnologías es falsa y es mala para la salud. 
Vaya de mi parte, como Periodista y persona, un grande deseo por la salud de Trump y porque es el único que puede detener una Tercera Guerra Mundial, con su inteligencia y su fuerza tremenda para haber y detener esa crisis que afectaría al mundo entero. 
Respecto, al tirador asesino parece ser que lo mataron las fuerzas de Seguridad, aunque esto se confirmará en horas.