• Justicia alternativa, opción viable ante la pandemia
BLAS A. BUENDIA
Reportero Free Lance
JUAN CARLOS MARTÍNEZ
Editor El Corredor Informativo
Las Barras de Abogados de todo el país siguen considerando que la justicia constitucional en México busca garantizar el ejercicio pleno de los derechos humanos mediante instituciones jurisdiccionales independientes y a través de criterios que otorguen certeza y predictibilidad jurídica a la ciudadanía.
Los tribunales mexicanos constantemente emiten criterios que contribuyen a fortalecer el estado de Derecho y garantizar la seguridad jurídica. Sin embargo, los avances en este proceso se ven condicionados por la cambiante realidad del país. Estas transformaciones obligan al Poder Judicial a actualizar los principios que rigen el orden normativo para hacerlo efectivo.
La nueva arquitectura derivada de las reformas en materia política, económica y social -aprobadas por el Poder de Reforma de la Constitución-, el prestigiado abogado y Magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, admitió que la sociedad mexicana está acostumbrada a seguir los lineamientos de la justicia tradicional.
Esto es, añadió, llevar un juicio escrito u oral ante los juzgados de proceso, con un procedimiento establecido en la ley con la finalidad de resolver conflicto de intereses entre las partes a través de una sentencia emitida por órgano jurisdiccional competente, pero ahora contamos con justicia alternativa, que agiliza todo.
En su análisis político-jurídico, el jurisconsulto hidalguense hace hincapié sobre el tema de la justicia alternativa, la cual es la vía para que las controversias se ventilen por medios de solución como la mediación, con la que las partes lleguen a acuerdo sin la intervención de tercero para resolverlas, lo que, desde luego, reduce el tiempo para el caso.
La mediación es el medio al que se ha recurrido más a escala nacional y sobre todo en la Ciudad de México. Es muy efectivo, aun con sus limitantes, como es el que, en materia penal, sólo puede tener lugar una vez que el asunto se ha judicializado, y en materia familiar también tiene limitaciones como pueden ser los temas de patria potestad y el divorcio en sí mismo.
La mediación es dinámica comunicacional por naturaleza extrajudicial, en la que participan de manera colaborativa y asociativa las personas que desean prevenir, solucionar o minimizar los efectos de determinado conflicto. Está a cargo de mediador certificado hasta que las partes resuelven llegar a convenio y redactarlo, que le ponga fin al diferendo; el funcionario judicial es únicamente guía en el proceso de elaboración del pacto.
El convenio de mediación es acuerdo de voluntades en el que concurren las intenciones y las necesidades y, como en el contrato, el consentimiento se manifiesta como elemento existencial.
Los beneficios de la mediación son:
• Se requiere menos tiempo en comparación con un juicio, pues el asunto se resuelve más rápido.
• Genera menos gastos, dado que su trámite es gratuito en el Centro de Justicia Alternativa.
• Permite mayor número de solución de conflictos es porque los litigios son unilineales, es decir que al ejercitarse una acción determinada, únicamente tiene dirección hacia posible solución; en la mediación se pueden proponer y considerar diferentes posibilidades de resolverlos.
• Se consideran los intereses de todas las partes y se llega a equilibrio de los mismos para que el beneficio sea equitativo y no solamente se atienda a los intereses de una de ellas y salga adelante en sus pretensiones, como en un litigio.
• Permite la comunicación entre las partes, por lo que se puede dilucidar de mejor forma el conflicto. Resulta contraria al litigio, en el que la comunicación se rompe o es prácticamente nula o limitada.
• Es mayor la posibilidad de que se cumpla y ejecute el convenio, al provenir de la voluntad de las partes y no de fallo con carácter de condena y, por ende, obligatorio, emitido por un juzgado.
Hoy más que nunca, ante las limitantes por el distanciamiento social a causa de la pandemia de Covid-19 y la pausa en la impartición de justicia que acarreó el confinamiento en los últimos meses, los abogados postulantes deben tener en cuenta este medio de justicia en beneficio de sus clientes, convirtiéndose no sólo en litigantes o promotores de juicios, sino en resolutores de juicios, apoyados en esta herramienta que es la justicia alternativa.
Lo anterior es así porque pueden solucionar los conflictos al orientar a las partes para la elaboración de un convenio que beneficie los intereses de sus clientes y coadyuve de alguna manera a la paz social a través de medios menos combativos y extensos que el litigio, puntualizó el Magistrado Élfego Bautista Pardo, titular de la Quinta Sala Civil, Ponencia 3, del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
En la Ciudad de México el Centro de Justicia Alternativa está ubicado en Avenida Niños Héroes 133, esquina Doctor Navarro, Colonia Doctores Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06720, a una cuadra de la estación del Metro Niños Héroes. El horario de atención es de 09:00 a 17:00 horas de lunes a viernes. Teléfono5591564997, extensión 311202 y varias más. (https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/)
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