TSJCDMX EXTIENDE
CONTINENCIA POR
COVID19 AL
16 DE JUNIO
BLAS A. BUENDÍA
Reportero Free Lance
Co
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JUAN CARLOS MARTÍNEZ
Editor El Corredor Informativo
jeancarleon@hotmail.com
El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Ciudad de México, anunció que el Plan de Contingencia Covid19, se extiende al 16 de junio próximo, con la finalidad de salvaguardar la salud de miles de personas que entre abogados y ciudadanía en general, acuden a las diferentes áreas del Tribunal Superior de Justicia de la capital de la República, donde ventilar sus asuntos jurídicos, demandando justicia pronta y expedita.
En aviso trascendido en la página web de la Casa de Justicia capitalina (https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/), se detalla que en cumplimiento a lo ordenado en Acuerdo 25-17/2020, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, en sesión extraordinaria de fecha veinticinco de mayo del año dos mil veinte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 217, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, para conocimiento de las y los servidores públicos del Poder Judicial de la Ciudad de México, litigantes y público en general, este órgano colegiado determinó ampliar los efectos del “Plan de Contingencia para el Poder Judicial de la Ciudad de México”.
Destacó que este tipo de acciones gubernamentales se enmarcan por la serie de Acuerdos autorizados por el plenario del Consejo de la Judicatura local, 39-14/2020, emitido en sesión de fecha diecisiete de marzo, en relación con los acuerdos 03-15/2020 y 04-15/2020 de fecha trece de abril, y el acuerdo volante V-19/2020, de fecha veintisiete de abril, todos de dos mil veinte; por tal motivo, se autoriza la ampliación de suspensión de labores y por consecuencia, la suspensión de plazos procesales en el Poder Judicial de la Ciudad de México, que inició el día dieciocho de marzo, hasta el quince de junio de dos mil veinte.
De tal suerte que si las autoridades sanitarias del Gobierno del Presidente Andrés Manuel López Obrador, no determinen lo contrario en todas las dependencias, oficinas y Órganos Autónomos, las puertas del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México podría reabrirlas el día dieciséis de junio de dos mil veinte, salvo pronunciamiento que emita este H. Consejo, en torno a nuevas acciones y medidas que se adopten en el Plan de Contingencia.
Ahora bien –añade el aviso-, atendiendo a los incisos b) y c), del Plan de Contingencia a que se hace referencia en el citado acuerdo plenario 39-14/2020, y en relación al punto que antecede, se hacen las siguientes precisiones:
1) En estricta observancia de las medidas sanitarias decretadas con motivo de la pandemia del virus SARS-CoV2, quedan exceptuados de dicha ampliación de suspensión, los órganos jurisdiccionales en materia Penal y Jueces y Juezas del Sistema Procesal Penal Acusatorio (Control, Ejecución y Tribunal de Enjuiciamiento), incluyendo Justicia para Adolescentes, así como la Unidad de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, y las Unidades de Gestión Judicial y Unidades de Gestión Judicial Especializadas, todos del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, tratándose de Plazos Constitucionales, en cuyo caso, se deberán tomar las acciones necesarias a efecto de que no se vea interrumpida la debida administración de justicia y se continúe prestando el servicio, por tal motivo, se deberán adoptar guardias correspondientes y en su caso sujetarse a los roles de turno ya adoptados.
Asimismo, en seguimiento a lo ordenado en el acuerdo plenario 04-15/2020, en relación con el diverso V19/2020, emitidos en fechas trece y veintisiete de abril de dos mil veinte, respectivamente, para efecto de atenderse lo relacionado con las personas privadas de la libertad, protegiendo sus derechos fundamentales, se autoriza a los cuatro órganos Jurisdiccionales en Materia de Ejecución de Sanciones Penales de la Ciudad de México, ubicados en los Reclusorios Norte y Sur, con el apoyo del personal necesario, sin que se exceda de manera alguna el horario de labores y sin atención al público, adopten las acciones y/o medidas necesarias para que, en el marco de las funciones y atribuciones que les confiere la Ley, sin que se comprometan de manera alguna las medidas sanitarias obligadamente a observar por toda la ciudadanía y menos aún que impliquen un riesgo grave de contagio para las partes procesales y demás servidores públicos que deban intervenir en el procedimiento respectivo, realicen el pronunciamiento que conforme a derecho corresponda respecto de las peticiones que en su caso sean promovidas por las autoridades penitenciarias; y en cuanto a las órdenes de reaprehensión que se lleguen a cumplimentar, actúen conforme a las necesidades del servicio.
2) Por lo que hace al rol de guardias que cubren las Salas Penales del H. Tribunal, correspondiente a los días sábados, domingos y días inhábiles, respecto al Sistema Procesal Penal Acusatorio, en lo tocante al tema de negativa de cateo de Segunda Instancia en términos del Artículo 284 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en relación con el acuerdo 34-41/2019, emitido en sesión de fecha doce de noviembre de dos mil diecinueve, se autoriza que, en los días de ampliación de suspensión de actividades, dentro del periodo comprendido del uno al quince de junio de dos mil veinte, con excepción de sábados y domingos, sea la Novena Sala Penal del H. Tribunal, quien conozca de dichas negativas, previa comunicación que se realice vía telefónica por parte de la unidad de gestión judicial del H. Tribunal, quedando sujetos a lo ordenado en el punto TERCERO del citado acuerdo 34-41/2019.
3) Se autoriza la modificación del Calendario del Segundo Trimestre del año dos mil veinte, del Turno de los Juzgados Civiles, Familiares y Penales de Primera Instancia, para el cumplimiento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de esta Ciudad, y el Calendario del Segundo Trimestre del año dos mil veinte, del Turno Extraordinario de los Juzgados Penales de Primera Instancia, para el cumplimiento de detenciones por caso urgente y cateos, en términos de lo autorizado en los diversos 26-13/2020 y 27-13/2020, emitidos en sesión de fecha diez de marzo de dos mil veinte; por tanto, en atención a los días de ampliación de suspensión de actividades, dentro del periodo comprendido del uno al quince de junio de dos mil veinte, el turno correspondiente al mes de junio.
Para mayor abundamiento a este aviso, el TSJCDMX convocó a la ciudadanía a visitar la página web (https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/), brindándose mayores conceptualizaciones sobre los procedimientos que se realizan en la Casa de Justicia de la capital del país.
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