martes, 20 de mayo de 2025

Otro de los textos críticos realizados a la limón el Maestro Alberto Woolrich Ortiz y Blas A. Buendía

El modelo ideal de juez

*** No hay justicia perfecta sin jueces perfectos
*** Cambio a la Reforma Judicial
 
BLAS A. BUENDÍA *
 
Los exámenes de oposición, como cualquier otra carrera profesional, en Derecho se busca a los grandes talentos para determinar el modelo ideal de juez, del impartidor de justicia excelente.
En universidades y Colegios de Abogados, se conoce muy bien que sí existe el juez con códigos éticos, cautos, calificado con alto criterio de prudencia y escrupulosamente incorruptible.
En este contexto para la Primera Magistrada de la Nación, en estas horas, le sería de utilidad el escuchar el parecer democrático del Colegio Nacional de Abogados Foro de México, A.C., relacionado con un tema apasionante: La Justicia.
Desde el nacimiento de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, existe la preocupación fundamental por la justicia, por el gran beneficio que acarrea a nuestra Patria, por los componentes éticos y morales contenidos en su espíritu y articulado, por las diferentes tesis y programas que a través de todos los gobiernos se han dado, discutido y aplicado.
De todo este conjuro surge un concepto diferente: el Derecho, el cual consiste en el perfecto cumplimiento de los deberes de gobernantes y gobernados para con México, ellos deben ser cumplidos a cabalidad cuando, en cada caso, se combine la mayor utilidad para el Estado y ese fruto genere el menor daño posible   para la Nación, así   como, el mayor bien   para la República, con la menor molestia para el gobernado.
En este proceso vivo de fina y contundente dialéctica, se forman los jueces. No hay justicia perfecta sin jueces perfectos.
La Reforma Judicial a efecto de obtener jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por elección popular, expone a México y al Derecho a un doble riesgo: el de evaporar a la justicia, mediante resoluciones emitidas por condescendencias con la autoridad, no denigrándola, mediante sentencias “a modo” dictadas con técnicas banales e inconsistencias jurídicas —en pocas palabras, jueces de consigna—.
Con estas contundentes afirmaciones, el Foro Independiente de la República, habría que apoyarlas sosteniendo una decidida y firme vocación al cambio de ruta de esa estropeada reforma, en donde quienes la ejerzan y la apliquen, por principio de cuentas conozcan a la perfección el Derecho y, no solo digan saberlo.
Ese cambio a la referida reforma, traería como consecuencia que nuestros impartidores de justicia lleven implícito en los ribetes de su toga, la firme decisión de otorgar justicia, a quien ésta asista y no a la que al Estado le convenga, esa justicia debe de impartirse sin más influencia que la propia convicción y responsabilidad de aplicar el Derecho conllevando con ello a que en México se imparta una justicia independiente.
Se debe pensar que el impartidor de justicia no puede ser otra cosa   que un guardián del   Derecho, no   interesando que el Estado lo someta a caprichos insanos e innecesarios para la justicia.
Y como siempre resaltará la duda: ¿No hay justicia perfecta sin jueces perfectos? Habría que hacer un recuento finalmente.
"¡Es cuanto!", precisó la Academia de Derecho Penal del Colegio Nacional de Abogados Foro de México, A.C., que preside el abogado penalista Alberto Woolrich Ortiz.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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En memoria de Blas Alejo Buendía, información relevante del Poder Judicial

Violencia contra las mujeres es una herida social: Guerra Álvarez


*** Así lo señaló el presidente del PJCDMX, al inaugurar un curso de capacitación a 40 abogadas de las mujeres adscritas a la secretaría del ramo del Gobierno de la Ciudad de México.
 
*** Con la presencia de la secretaria de las Mujeres, Daphne Cuevas Ortiz, el magistrado informó que entre el 1 de enero y el 31 de marzo pasados, se emitieron 4,724 medidas de protección a favor de mujeres violentadas.
 
BLAS A. BUENDÍA *
 
La violencia de género no es solo una ofensa individual sino una herida social, afirmó el presidente del Poder Judicial de la Ciudad de México, magistrado Rafael Guerra Álvarez, quien informó que entre el 1 de enero y el 31 de marzo pasados, juezas y jueces del órgano judicial emitieron 4,724 medidas de protección a favor de mujeres violentadas.
Al poner en marcha un curso de capacitación a 40 abogadas de las mujeres adscritas a la secretaría del ramo del Gobierno de la Ciudad de México, agregó que le violencia en contra de ellas también es una fractura que debilita los cimientos de la convivencia manifestada en los hogares, las calles, espacios de trabajo y de estudio.
 Con la presencia de la Secretaría de las Mujeres, Daphne Cuevas Ortiz, dijo que los efectos de esa violencia son profundos porque afectan a generaciones enteras y perpetúan los ciclos de desigualdad, y agregó que, durante mucho tiempo, muchas de las violencias fueron institucionalmente invisibles.
En la sala de usos múltiples del Instituto de Estudios Judiciales (IEJ), Guerra Álvarez subrayó que la responsabilidad de hoy es mayor, para visibilizar, comprender y actuar.
“La capacitación que hoy inauguramos representa mucho más que un proceso de enseñanza; es un acto de resistencia, una afirmación de que el conocimiento es poder cuando se pone al servicio de la justicia y la dignidad”, planteó ante las abogadas de las mujeres, juezas, jueces, magistradas, magistrados, consejeras y consejeros de la Judicatura, así como de titulares de áreas administrativas y de apoyo judicial.
Subrayó que el PJCDMX asume con profunda convicción el compromiso de brindar formación a las abogadas de las mujeres, “porque sabemos que prevenir la violencia es también impartir justicia”.
Respecto a la emisión de medidas de protección a favor de las mujeres que sufren violencia, el magistrado dijo que cada una de estas que se dicta a tiempo puede salvar una vida, preservar una historia y devolverles a ellas la libertad que les fue arrebatada.
En su oportunidad, la secretaria Cuevas Ortiz destacó la oportunidad de que las abogadas de las mujeres y el PJCDMX converjan en un espacio para fortalecer conocimientos y capacidades, pero sobre todo se alienten relaciones entre ambas instituciones para tener un acceso más fácil a la justicia.
Consideró que en la Ciudad de México hay una deuda de justicia con las mujeres, y subrayó que, desde la instancia a su cargo, se trabaja para aumentar las capacidades de las abogadas que las atienden, a fin que su trabajo deje de limitarse a la apertura de carpetas de investigación y la tramitación de medidas de protección.
A través de la Dirección Ejecutiva de Orientación Ciudadana y Derechos Humanos y del IEJ, hoy se inicia el curso de capacitación a 40 abogadas de las mujeres, con la temática de estándares y criterios para emitir órdenes de protección en casos de violencia de género.
En dos grupos, las abogadas conocerán el procedimiento que se sigue en el PJCDMX para emitir las órdenes de protección previstas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Libre de Violencia, a fin de que desarrollen habilidades para atenderá a aquellas en el abordaje de los efectos interseccionales de la desigualdad.
Tras la inauguración del curso, el magistrado Guerra Álvarez dio un recorrido a la secretaría Cuevas Ortiz por el salón de plenos de magistrados, así como el salón de plenos del edificio Juan Álvarez, y por la sede de la Sala Constitucional. Finalmente, el magistrado y la secretaría intercambiaron puntos de vista sobre la labor en la defensa de las mujeres, en la oficina del presidente del órgano judicial de Niños Héroes 119, en la que participaron en la charla magistradas y magistrados.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
filtrodedatospoliticos@gmail.com

Una de las últimas notas del periodista Blas Alejo Buendía


Esta fue una de las últimas magnificas notas del periodista Blas Alejo Buendía, a quien se le rinde Homenaje Póstumo a su sui generis pensamiento. (R.I.P)

El arbitraje médico en México

 
*** La vía ordinaria civil, procedente para demandar en lo personal a médicos
 
BLAS A. BUENDÍA *

 
"En cuanto pueda y sepa, usaré las reglas dietéticas en provecho de los enfermos y apartaré de ellos todo daño e injusticia. Jamás daré a nadie medicamento mortal, por mucho que me soliciten, ni tomaré iniciativa alguna de este tipo; tampoco administraré abortivo a mujer alguna".
Hipócrates fue un médico griego del siglo V a.C., considerado el "padre de la medicina", fue un galeno griego del siglo V a.C.
Es la tesis del juramento hipocrático, el cual asume un compromiso ético en el ámbito de la medicina, que orienta al médico en la práctica de su profesión.
En su forma original regula las obligaciones hacia el maestro y su familia, hacia los discípulos, hacia los colegas y hacia los pacientes.
A partir del siglo XIX empezó a ser frecuente, se ha popularizado de forma universal, la realización de un juramento basado en un texto modernizado, inspirado por el antiguo, distinto según la escala de valores específica de cada tiempo y lugar.
En el espacio Así es el Derecho, cuyo análisis presenta el magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, toca el Tema "La vía ordinaria civil, procedente para demandar en lo personal a médicos".
Conforme al estudio y análisis que realizó al amparo en revisión 971/2023, la vía la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) establece que la vía administrativa es idónea para demandar al Estado la reparación de los daños derivados de actos de negligencia médica por parte del personal que labora en los institutos de salud pública.
Sin embargo, también establece que existen diversas alternativas para reclamar la reparación de esos daños, y su elección dependerá del carácter del demandado y del tipo de responsabilidad que se pretenda demandar.
Así mismo considera que los procesos con objetivo sancionador son el de responsabilidad administrativa a los servidores públicos y el penal, y los procesos con fines indemnizatorios son la vía civil si se demanda al médico en lo particular, o la vía administrativa si se demanda al Estado.
Entonces, la vía ordinaria civil es procedente únicamente cuando se demande al médico en lo particular y/o alguna sociedad privada que preste servicios médicos, si el perjudicado considera que el galeno o el ente actuaron negligentemente, pues su responsabilidad tiene como base el daño producido, que podría dar pie a responsabilidad de índole subjetiva; para que esa indemnización resulte procedente es necesario que se demuestre la culpa o negligencia del presunto autor de daño.
Empero, no se debe olvidar que la vía ordinaria civil no es idónea para demandar la responsabilidad patrimonial del Estado derivada de los servicios de salud que preste alguna de sus instituciones, como son el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), pues fue derogada del artículo 1927 del Código Civil Federal, y para reclamar dicha responsabilidad se expidió la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
En ese orden de ideas, es viable demandar en lo particular al médico perteneciente al IMSS o al ISSSTE por impericia y negligencia (responsabilidad subjetiva), recurrir a la vía administrativa para tramitar ante dichas dependencias el recurso de reclamación conforme lo dispone la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, y la resolución que dicte el instituto se podría impugnar mediante recurso de revisión en vía administrativa, o directamente por vía jurisdiccional ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
A partir de la reforma constitucional de 14 de junio de 2002, por la que se adicionó el segundo párrafo del artículo 113, actual último párrafo del artículo 109, la responsabilidad patrimonial del Estado dejó de ser subsidiaria o solidaria, para convertirse en objetiva y directa.
La intención del órgano reformador fue someter todas las actuaciones del Estado al reconocimiento de los derechos públicos subjetivos de los gobernados, para lo cual estableció recursos idóneos de defensa en el ámbito federal mediante la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Esta norma fija las bases y procedimientos para reconocer el derecho a la indemnización a quienes, sin obligación jurídica de soportarlos, sufren daños en cualquiera de sus bienes y derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado, actividad que se define como aquella que cause daño a los bienes y derechos de los particulares que no tengan la obligación jurídica de soportar en virtud de no existir fundamento legal o causa jurídica de justificación para legitimar el daño de que se trate.
Por lo tanto, si bien —como se adelantó— la persona afectada con el actuar del personal médico de las instituciones públicas de salud, puede optar por la vía administrativa para demandar al Estado dicha responsabilidad patrimonial, lo cierto es que si así lo decide puede optar por la vía de responsabilidad civil demandando al médico en lo personal.
Se debe puntualiza que el arbitraje médico ante la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) es un procedimiento que resuelve conflictos entre usuarios y prestadores de servicios médicos. El proceso es gratuito y confidencial.
“Así es el Derecho·, dijo finalmente el magistrado Élfego Bautista Pardo, Titular de la Tercera Ponencia de la Quinta Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México que encabeza el penalista Rafael Guerra Álvarez.
 
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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sábado, 17 de mayo de 2025

Niegan salvar la vida al periodista! Blas A. Buendia


 Niegan salvar la vida al periodista Blas A. Buendía en Instituto de Nutrición


*** Entró por altos niveles de ácido fólico, ahora tiene neumonía.

*** Médico piden a familiares y amigos negara la intubación “dejar de seguir sufriendo al paciente” 


Se niegan a mantener con vida al periodista Blas Alejo Buendía el instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutricio “Salvador Zubirán” de Tlalpan, quien se encuentra delicado de salud por problemas de altos niveles de ácido úrico en la sangre.

El día ocho de mayo del presente año el periodista Blas Alejo Buendía ingresó al nosocomio ubicado calle de Vasco de Quiroga número 15, Belisario Domínguez sección 16, Tlalpan, ciudad de México, por problemas de altos niveles de ácido úrico en la sangre, lo que ha dañado un riñón, sin embargo, médicos advierten que ahora presenta un cuadro de neumonía.

Lo más sobresaliente es la versión de los médicos del nosocomio aconsejan a familiares y amigos del periodista ganador del premio Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021, a negarse a la intubación para “dejar de seguir sufriendo al paciente”, a lo que se traduce, que el hospital más destacado de Latinoamérica dependiente de la Secretaría de Salud Federal se ha dado por vencida, se ha rendido, quiere dejar morir a una de las personalidades más importantes de México del mundo de las letras, al anarquista más puro, no sólo eso, sino que quiere que las personas que aman desistan también.

Como es de recordar el instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutricio “Salvador Zubirán” de Tlalpan es uno de los nosocomios más importantes del país por su especialidad en nutrición, medicina interna, cirugía y COVID; sin embargo, ha dejado ver la incompetencia de sanar a uno de los periodistas más controvertidos del país por su libertad de pensamiento.

Al respecto, Juan Carlos Martínez, periodista y gran amigo de escritor revolucionario comentó que el día siete de mayo fue llamado por Blas A. Buendía, para pedirle de favor que no dejara que nadie se quedara con sus bienes inmuebles  y muebles, ya que días anteriores había tenido problemas con familiares quienes no querían regresarle documentos: escrituras de la propiedad de Henry Ford y las escrituras de la hipoteca, las cuales se negaron rotundamente, sino al contrario le desearon hasta la expiración de este mundo.

De esta situación dándole instrucciones a su pareja sentimental de nombre Patricia “n” que me entregara todos los documentos relacionados con los bienes, lo cual quedó de dar en los próximos días sin respuesta ya que Blas A. Buendía ingresó al hospital el día ocho de mayo, por lo que se preparan diversas  demandas.   

Cabe hacer mención que la propiedad que reclama el reconocido reportero no se encuentra a su nombre por severos conflictos con su expareja, quien lo despojó de hogar hace varios años, es por eso, que la esposa de su hermano le había prestado su nombre desde hace poco menos de diez años; sin embargo, al solicitarle de la forma más atenta y decente los documentos estos se negaron rotundamente argumentado que esa propiedad es suya, lo cual es falso, ya que el tan premiado periodista es quien ha pagado al Instituto de la Vivienda de la Ciudad de México las mensualidades.

jueves, 20 de marzo de 2025

El Folio Real, Pilar de la Seguridad Jurídica del Patrimonio

El Folio Real, Pilar de la Seguridad Jurídica del Patrimonio

BLAS A. BUENDÍA *
 
En México, la certeza jurídica en materia de propiedad inmobiliaria es factor determinante para el desarrollo económico y social. En este contexto, el folio real es mecanismo fundamental dentro del sistema registral al proporcionar información clara y estructurada sobre los derechos de propiedad y gravámenes asociados a un bien inmueble. Su correcta implementación y actualización son esenciales para garantizar la transparencia en las transacciones inmobiliarias y la prevención de litigios.
Lo anterior es analizado por el magistrado Élfego Bautista Pardo en su espacio Así es el Derecho, detallando que, en el folio real, sistema registral que asigna número único e inmutable a cada inmueble, se concentra toda la información jurídica relativa a dicho bien. Se estructura en torno de la identidad del inmueble, facilitando la consulta y verificación de su estatus legal.
Este modelo de registro permite dar cumplimiento a principios esenciales del Derecho Registral: de publicidad, que garantiza que cualquier persona interesada pueda acceder a la información contenida en el folio real; de especialidad, pues cada inmueble se inscribe de manera individual con datos específicos que lo diferencian de otros bienes; de prioridad registral, que establece que los derechos inscritos en primer término prevalecen sobre los posteriores; el de legitimación, presume que lo registrado en el folio real es cierto y válido, salvo prueba en contrario.
La legislación mexicana contempla el folio real como elemento esencial dentro del Registro Público de la Propiedad. Entre los ordenamientos jurídicos que regulan su uso destacan el Código Civil Federal y Códigos Civiles de los estados, que establecen la obligatoriedad de registrar los actos jurídicos que afecten a los bienes inmuebles; la Ley General de Bienes Nacionales, que regula la inscripción de bienes propiedad de la Federación y su administración; leyes orgánicas de los Registros Públicos de la Propiedad de cada entidad federativa, que determinan la organización y funcionamiento de estos organismos; reglamentos internos de los Registros Públicos, que norman los procedimientos de inscripción, consulta y certificación del folio real.
En términos generales, el folio real es indispensable para la consolidación de un sistema registral eficiente y confiable que permita garantizar la seguridad jurídica en las operaciones inmobiliarias.
Los beneficios que se obtienen del folio real son la certeza y prevención jurídicas de fraudes, al reunir en un solo expediente toda la información legal de un inmueble; se reducen los riesgos de fraude, como la venta de un mismo bien a múltiples compradores; transparencia en las operaciones inmobiliarias, pues los notarios, compradores y otras partes interesadas pueden verificar con facilidad la situación legal de un inmueble antes de concretar una transacción.
El folio real también facilita obtener crédito y financiamiento inmobiliario, pues las instituciones financieras utilizan la información que contiene para evaluar la viabilidad de otorgar créditos hipotecarios y otros financiamientos; eficiencia en la administración pública, la que permite a las autoridades gestionar de manera ordenada la información sobre bienes inmuebles, agilizando trámites como la escrituración y el pago de impuestos.
Otro de sus beneficios es la protección de derechos de propiedad, pues los dueños pueden hacerlos valer ante cualquier conflicto legal, ya que la información que contine es respaldo documental registrado oficialmente.
A pesar de sus múltiples ventajas, la implementación del sistema de folio real en México enfrenta diversos desafíos, entre los que destacan la digitalización y modernización registral, pues algunas entidades federativas han avanzado en la digitalización de sus registros, en otras aún se manejan sistemas manuales, lo que dificulta la consulta y actualización de la información; la accesibilidad y costos de consulta, porque en ciertos estados los trámites para obtener información del folio real pueden implicar costos elevados y procedimientos burocráticos prolongados.
También faltan unificación de criterios registrales, homologación entre los registros de distintas entidades, pues genera inconsistencias la forma en que se inscriben y consultan los inmuebles; seguridad en la protección de datos, dado que la digitalización de los registros debe ir acompañada de protocolos de ciberseguridad para evitar el acceso indebido o la manipulación de la información registral.
De esta forma, es importante destacar que el folio real es herramienta indispensable para la seguridad jurídica del patrimonio inmobiliario en México. Su correcta aplicación y actualización no sólo fortalecen la confianza en el mercado inmobiliario, sino que también contribuyen a la reducción de litigios y fraudes en la compraventa de bienes raíces.
Por todo esto último es necesario continuar los esfuerzos de modernización y unificación del sistema registral a escala nacional para garantizar acceso más eficiente, seguro y equitativo a la información inmobiliaria. La consolidación de un registro público confiable es, sin duda, pilar esencial para el desarrollo económico y social del país.
Así es el Derecho, dijo finalmente el magistrado Élfego Bautista Pardo, Titular de la Tercera Ponencia de la Quinta Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México que encabeza el penalista Rafael Guerra Álvarez.
 
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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lunes, 24 de febrero de 2025

Reunión de la cooperativa Excélsior en Cámara de Diputados

 

Reunión de la cooperativa Excélsior en Cámara de Diputados

Comunicado a los socios de la Cooperativa Excélsior SC de RL.
El Consejo de Administración de la cooperativa EXCÉLSIOR SC de RL, que preside Francisco Becerra Cruz, dio a conocer en la página oficial de la Cooperativa la lista de socios que podrán asistir a la próxima e importante reunión histórica en la Cámara de Diputados.
Esto es gracias al apoyo de la ministra Lenia Batres, conocida como "La ministra del pueblo" y próxima candidata a la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
De acuerdo a esta buena respuesta de Lenia Batres, que Francisco Becerra fue capaz de lograr, se llevará a cabo para tratar asuntos muy importantes de la Cooperativa y finalizar, así, la larga etapa de una “guerra fría” entre socios que malamente buscaban adjudicarse ser quienes tienen el mando de la Cooperativa, cuando eso no es verdad.
Con el respeto debido que nos merece todo socio, tuvieron dos meses para apuntarse en la lista de socios para estar presentes en esta importantísima reunión histórica que desde la parte de Comunicación Social informaremos a todos los medios de comunicación del país.
Ningún socio, ni tampoco un grupo menor, son los "representantes oficiales" de la Cooperativa ante las autoridades tanto locales como federales, que son la máxima autoridad al respecto.
 
Atentamente Alberto Esteves. 
Comunicación Social de la Cooperativa EXCÉLSIOR SC de RL.

El fideicomiso en México es un instrumento jurídico versátil

El fideicomiso en México es un instrumento jurídico versátil

*** Los recovecos de la política en materia de fideicomisos 
BLAS A. BUENDÍA *
El fideicomiso en México es un instrumento jurídico que permite a una persona (el fideicomitente) transferir la propiedad de bienes o derechos a una institución financiera (el fiduciario) para que los administre y los utilice en beneficio de un tercero (el fideicomisario).
El fideicomiso en México sirve para varios propósitos, entre ellos: la administración de patrimonio; protección de bienes; planificación patrimonial; inversión y financiamiento; garantía y seguridad; donaciones y legados; protección de menores y personas con discapacidad;
El fideicomiso en México, en resumen, es un instrumento jurídico versátil que puede ser utilizado para una variedad de propósitos, desde la administración de patrimonio y la protección de bienes hasta la planificación patrimonial y la inversión.
¿Para qué sirve el fideicomiso en México?, es el planteamiento que desarrolla el magistrado Élfego Bautista Pardo, quien reitera en su espacio Así es el Derecho, en el entramado jurídico y financiero de México el fideicomiso es figura clave para la protección patrimonial, la administración de recursos y la ejecución de proyectos públicos y privados. Su utilidad se extiende a diversos ámbitos, desde el inmobiliario hasta el de las inversiones y el financiamiento de obras públicas.
En los últimos años ha cobrado relevancia debido a la necesidad de ofrecer mayor seguridad jurídica en las transacciones financieras y garantizar el cumplimiento de obligaciones económicas y contractuales.
La base legal del fideicomiso son la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y la Ley de Instituciones de Crédito. Se define como contrato mediante el cual una persona, denominada fideicomitente, transmite bienes, derechos o sumas de dinero a una institución fiduciaria para que las administre o disponga de ellas en favor de un beneficiario o para un fin específico.
La flexibilidad y seguridad que otorga este mecanismo lo han convertido en instrumento recurrente en la planificación financiera y en la regulación de inversiones.
Además, es herramienta fundamental en el derecho financiero, ya que permite la segregación de activos para fines específicos e impide que estos sean afectados por posibles conflictos patrimoniales del fideicomitente.
Usos y aplicaciones del fideicomiso
Protección patrimonial: El fideicomiso es utilizado frecuentemente para la administración y protección de bienes. Asegura que los activos se gestionen de acuerdo con las disposiciones establecidas por el fideicomitente, evitando riesgos de mal manejo o disputas legales. En el ámbito de herencias y sucesiones, este mecanismo permite garantizar que los bienes sean transmitidos de manera ordenada y conforme a la voluntad del propietario original.
Sector inmobiliario: Es común en la adquisición de bienes inmuebles, especialmente para extranjeros en zonas restringidas. A través de un fideicomiso, pueden poseer propiedades sin incumplir las disposiciones del artículo 27 constitucional. De esta manera, inversionistas extranjeros pueden acceder a bienes inmuebles en territorio mexicano con una estructura legal que les otorga derechos de uso y goce sin la necesidad de adquirir la propiedad de manera directa.
Inversión y financiamiento: Instrumentos como los Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (FIBRAs) y los Fideicomisos de Infraestructura y Bienes Raíces (FIBRA E) permiten la captación de recursos para proyectos de gran escala, facilitando el acceso a capital y otorgando certidumbre jurídica a los inversionistas. Estos mecanismos han impulsado el desarrollo de la infraestructura en México, permitiendo la construcción de carreteras, hospitales y otros proyectos de interés público con financiamiento privado.
Fines sociales y gubernamentales: El gobierno también emplea fideicomisos para la gestión de fondos destinados a programas de desarrollo, infraestructura y apoyo social, asegurando la transparencia y eficiencia en la aplicación de los recursos. Por ejemplo, fideicomisos públicos han sido utilizados para financiar programas de vivienda, proyectos de energía renovable y medidas de contingencia ante desastres naturales, proporcionando estabilidad y continuidad a estas iniciativas.
Sector empresarial: En el ámbito corporativo, el fideicomiso se puede utilizar para la estructuración de planes de compensación para empleados, administración de pasivos laborales y respaldo de emisiones de valores. Empresas de diversos sectores lo han adoptado para proteger los intereses de sus empleados y garantizar el cumplimiento de obligaciones a largo plazo.
El fideicomiso en México representa una herramienta esencial para garantizar la administración eficaz y segura de bienes y recursos. Su estructura jurídica proporciona certeza a los involucrados permitiendo que tanto particulares como entidades gubernamentales e inversionistas encuentren en él un mecanismo confiable para la gestión patrimonial y financiera. Además, su versatilidad permite que sea aplicado en diversos sectores, desde la inversión privada hasta proyectos gubernamentales de interés social.
No obstante, es fundamental que su uso se rija bajo principios de transparencia y legalidad para evitar abusos y garantizar su correcto funcionamiento, en beneficio del desarrollo económico y social del país.
“¡Así es el Derecho!”, puntualizó el magistrado Élfego Bautista Pardo, Titular de la Tercera Ponencia de la Quinta Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México, el cual preside el penalista Rafael Guerra Álvarez.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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domingo, 9 de febrero de 2025

Figuras jurídicas relevantes en operaciones comerciales del país

 

Figuras jurídicas relevantes en operaciones comerciales del país

*** Contrato de comisión mercantil, es el tema que analiza el magistrado Élfego Bautista Pardo, en su espacio Así es el Derecho
BLAS A. BUENDÍA *
El contrato de comisión es un acuerdo contractual en el que una parte, llamada comitente, encarga a otra parte, llamada comisionista, que realice una operación comercial en su nombre y representación. El comisionista actúa como intermediario entre el comitente y terceros, y su función es facilitar la realización de la operación comercial.
El contrato de comisión juega un papel fundamental en el comercio porque facilita la especialización, permite la representación, reduce los costos, incrementa la eficiencia y sobre todo, proporciona flexibilidad.
Bajo todos conceptos, el magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, en su espacio Así es el Derecho, aborda el tema Contrato de comisión mercantil, donde hace una referencia puntual de lo que origina toda esta gama del Derecho Mercantil.
Regulado en el artículo 273 del Código de Comercio, el contrato de comisión mercantil es una de las figuras jurídicas más relevantes para las operaciones comerciales en el país. Establece la relación entre el comitente y el comisionista, en la que el primero encomienda al segundo la realización de actos concretos de comercio en su nombre o por su cuenta.
Esta relación contractual se rige por los principios de confianza, colaboración y responsabilidad mutua y ahora exploraremos las generalidades de esta figura contractual desde una perspectiva jurídica y su aplicación en el ámbito comercial mexicano.
Su naturaleza es mercantil, salvo si las partes o las operaciones realizadas no cumplen los requisitos establecidos por el Código de Comercio para considerarlos como tales. La relación también puede estar sujeta a otras disposiciones legales, como en el Código Civil, cuando se presenten lagunas normativas.
Lo esencial del contrato de comisión son: el consentimiento, es decir el convenio entre las partes es fundamental para su validez; debe ser expresado de manera clara y libre de vicios; su objetivo debe ser lícito y determinado y por lo general, se refiere a actos de comercio específicos, como la compra o venta de bienes, gestiones administrativas o negociaciones; las obligaciones de las partes, porque el comitente tiene la responsabilidad de proporcionar los medios necesarios para la ejecución del encargo y remunerar al comisionista, mientras que el comisionista debe actuar de manera diligente, cumpliendo con las instrucciones recibidas y rendir cuentas sobre su gestión.
El contrato de comisión puede clasificarse en: comisión de compra o venta, cuando el comisionista realiza transacciones comerciales en nombre del comitente y comisión específica, relativa a actos concretos, como gestiones o trámites determinados.
Entre sus características principales se encuentran consensualidad, porque no requiere formalidades específicas para su celebración; bilateralidad, al imponer derechos y obligaciones recíprocas a las partes; onerosidad, que implica una contraprestación en favor del comisionista.
Puede extinguirse por diversas causas, como incumplimiento del objeto pactado, revocación unilateral por parte del comitente, salvo que se haya pactado lo contrario; renuncia del comisionista, siempre que no cause perjuicio al comitente; muerte o incapacidad de cualquiera de las partes.
El contrato de comisión juega papel fundamental en el comercio facilitando operaciones que requieren especialización o representación. Sin embargo, también es controversial, particularmente en lo que respecta a la rendición de cuentas y el cumplimiento de las instrucciones del comitente. La regulación jurídica busca equilibrar los derechos y deberes de ambas partes para evitar conflictos.
En síntesis, el contrato de comisión es un instrumento indispensable para el dinamismo del comercio en México. Su correcta aplicación y comprensión jurídica son esenciales para garantizar relaciones contractuales transparentes y eficaces. El reto radica en que las partes involucradas actúen con apego a los principios legales y éticos, contribuyendo así al desarrollo económico y comercial del país.
Así es el Derecho, finalizó el magistrado Élfego Bautista Pardo, Titular de la Tercera Ponencia de la Quinta Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México, que preside el penalista Rafael Guerra Álvarez.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
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jueves, 30 de enero de 2025

El colosal Océano Sideral, hasta su Universo observable

El colosal Océano Sideral, hasta su Universo observable

*** Viajes espaciales, velocidades y consumo de combustibles; viajar al Planeta Marte se tendría que alcanzar una velocidad de 3.6 km/s; a Júpiter, 18.5 km/s; a Saturno, 15.7 km/s; a Plutón, 11.6 km/s; en tanto, la nave espacial Parker Solar Probe de la NASA, alcanzó una velocidad de aproximadamente 700.000 km/h durante su viaje al Sol
 
*** El sistema solar y el universo en general aún guardan muchos secretos que la ciencia y la exploración espacial están trabajando para desvelar...
 
*** Ante estas realidades y eventos por conocer, desfilarán muchas otras generaciones para ir descubriendo la inmensidad del Cosmos y el arte de su impactante y neurálgica belleza
 
BLAS A. BUENDÍA *
 
Con la asistencia de la importantísima herramienta denominada Inteligencia Artificial (IA), se exploró su amplio conocimiento en materia espacial, hallándose datos tan igualmente interesantes que aún dejan a la humanidad en qué pensar, qué incógnitas guarda la vida más allá de la tecnología, cómo hacer viajes por el también conocido “colosal océano sideral”, que se vincula entre la fantasía y la realidad.
Julio Verne (Nantes, 8 de febrero de 1828-Amiens, 24 de marzo de 1905), fue un escritor, dramaturgo y poeta francés, célebre por sus novelas de aventuras y por su profunda influencia en el género literario de la ciencia ficción. Sus novelas, siempre bien documentadas, están generalmente ambientadas en la segunda mitad del siglo XIX, teniendo en cuenta los avances tecnológicos de la época.
Mucho por preguntar, exactamente poco qué descubrir de lo extraordinariamente desconocido, sobre todo en esta materia donde la química y las matemáticas, no dejarán de compararse como un arrogante juego de ajedrez o los sueños puntuales de Julio Verne que, a la vuelta de la vida, en este nuevo milenio, sus obras no han perdido vigencia.
Nacido en una familia burguesa, estudió para continuar los pasos de su padre, Pierre Verne, como abogado pero muy joven decidió abandonar ese camino para dedicarse a la literatura.
Su colaboración con el editor Pierre-Jules Hetzel dio como fruto la creación de Viajes extraordinarios, una popular serie de novelas de aventuras escrupulosamente documentadas y visionarias entre las que se incluían las famosas De la Tierra a la Luna (1865), Veinte mil leguas de viaje submarino (1870), La vuelta al mundo en ochenta días (1872), La isla misteriosa (1874) o Dos años de vacaciones (1888). Ya antes había publicado Cinco semanas en globo (1863) y Viaje al centro de la Tierra (1864). A esos tiempos, el mundo sigue sorprendido.
La ciencia de la tecnología ha avanzado tan vertiginosamente, como ejemplo, en las ciencias de la comunicación, los seres humanos en tiempo real, nunca se imaginarían cómo entre enlazarse con una sola llamada vía celular de extremo a extremo del Planeta Tierra, o más allá del globo terráqueo.
Se ha comprobado que la imaginación no tiene límites. Es una facultad cognitiva que nos permite crear imágenes mentales, escenarios y situaciones que no necesariamente están basados en la realidad, o que ahora ya rebasan el entorno.
La imaginación es una herramienta poderosa que nos permite explorar nuevas ideas, crear obras de arte y literatura, y encontrar soluciones innovadoras a problemas complejos.
En efecto, se ha comprobado que la imaginación no tiene límites en varios sentidos:
—Creatividad ilimitada: La imaginación nos permite crear mundos, personajes y situaciones completamente nuevos y originales, sin límites en cuanto a la creatividad.
—Exploración de posibilidades: La imaginación nos permite explorar diferentes escenarios y posibilidades, sin estar limitados por la realidad actual.
—Innovación y resolución de problemas: La imaginación es esencial para encontrar soluciones innovadoras a problemas complejos, ya que nos permite pensar fuera de los límites convencionales.
—Desarrollo personal y emocional: La imaginación también juega un papel importante en el desarrollo personal y emocional, toda vez que nos permite explorar nuestros pensamientos, sentimientos y deseos de manera segura y controlada.
La imaginación, sin embargo, es importante destacar que también puede estar influenciada por factores como la cultura, la educación y las experiencias personales, lo que puede limitar su alcance en ciertos aspectos, pero no en la literatura progresista rechazando toda iconoclastia abyecta.
La imaginación, en resumen, es una facultad poderosa y versátil que nos permite crear, explorar e innovar de manera ilimitada, aunque también puede estar influenciada por factores externos.
Y en este sentido recae la importancia del sistema sideral el cual, cuan incógnito es, se le sigue estudiado por su amplia magnitud imaginativa, que justamente, para explorar todo lo que rodea al Planeta Tierra, necesario poseer las herramientas tecnológicas y de cómo llegar a sitios jamás visitados. Veamos… 
—¿Qué tipo de combustibles usan las naves espaciales cuando navegan por el vacío sideral, y qué cantidades consumen en cada misión, por ejemplo, para explorar El Sol y La Luna…?
—Las naves espaciales utilizan diferentes tipos de combustibles dependiendo de su misión, diseño y tecnología. A continuación, se instruye con algunos de los combustibles más comunes utilizados en las naves espaciales:
Combustibles para Propulsión Química
—Combustible líquido: Las naves espaciales utilizan combustibles líquidos como el queroseno, el hidrógeno líquido o el metano líquido, que se queman con un oxidante como el oxígeno líquido.
—Hipergólicos: Los combustibles hipergólicos son una mezcla de combustible y oxidante que se queman espontáneamente al entrar en contacto. Ejemplos de hipergólicos son la combinación de hidracina y tetróxido de dinitrógeno.
Combustibles para Propulsión Eléctrica
—Xenón: El xenón es un gas noble utilizado en los propulsores iónicos, que ionizan el gas y lo aceleran utilizando un campo eléctrico.
—Hidrógeno: El hidrógeno se utiliza en los propulsores de iones de hidrógeno, que ionizan el hidrógeno y lo aceleran utilizando un campo eléctrico.
Combustibles para Propulsión Nuclear
—Uranio: El uranio se utiliza en los reactores nucleares, que generan energía mediante la fisión nuclear.
—Plutonio: El plutonio se utiliza en algunos reactores nucleares y en los generadores termoeléctricos radioisotópicos (RTG), que convierten la energía nuclear en electricidad.
Otros combustibles energéticos
1. Hidrógeno líquido y oxígeno líquido: Estos combustibles se utilizan en los cohetes químicos, como los utilizados en la NASA.
2. Metano líquido y oxígeno líquido: Estos combustibles se están investigando para su uso en futuras misiones espaciales.
Es importante destacar que la elección del combustible depende de la misión específica, el diseño de la nave espacial y las tecnologías disponibles. Además, la investigación y el desarrollo de nuevos combustibles y tecnologías de propulsión siguen siendo un área activa en la exploración espacial.
La cantidad de combustible que consume una nave espacial en cada misión varía enormemente dependiendo de factores como el tamaño y peso de la nave, la carga que transporta, la distancia que debe recorrer y la eficiencia de sus motores.
Por ejemplo, el cohete Saturno V que llevó a los astronautas a la Luna en 1969 consumió aproximadamente 2.006.750 litros de combustible, compuesto por queroseno y hidrógeno líquido, además de 1.780.280 litros de oxígeno líquido.
En cuanto a las misiones a otros planetas, como el Sol, no es posible enviar naves espaciales directamente hacia el Astro Rey debido a su intensa gravedad y temperaturas extremas. Sin embargo, se han enviado naves espaciales para explorar el entorno del Sol, como la sonda Parker Solar Probe, que se lanzó en 2018 y ha logrado acercarse a unos 15 millones de millas del Diamante brillante.
En cuanto a las misiones a la Luna, la cantidad de combustible que se consume depende del tipo de misión y la nave espacial utilizada. Por ejemplo, la nave espacial china Chang'e 4, que aterrizó en la Luna en 2019, llevaba aproximadamente 1.300 kg de combustible.
Es importante destacar que la cantidad de combustible que se consume en cada misión es cuidadosamente calculada para asegurar que la nave espacial tenga suficiente energía para completar su misión y regresar a la Tierra.
—Pero, ¿qué cantidad de combustibles se usarían para turistear, por ejemplo, un paseo a la lejanía por los Planetas Marte, Júpiter, Saturno y Plutón, y cuál sería el tiempo de llegar a esos enigmáticos globos espaciales?
—La cantidad de combustible necesaria para viajar a otros planetas depende de varios factores, como la masa de la nave espacial, la velocidad de escape requerida, la ruta de viaje y la eficiencia de los motores. Algunas estimaciones aproximadas de la cantidad de combustible necesaria y el tiempo de viaje a cada planeta:
Marte
- Distancia media de la Tierra: 225 millones de km
- Velocidad de escape requerida: 3,6 km/s
- Combustible necesario (aproximado):
- Cohete químico: 100.000 kg a 200.000 kg de combustible
- Propulsión nuclear: 20.000 kg a 50.000 kg de combustible
- Tiempo de viaje (aproximado):
- Cohete químico: 6 a 9 meses
- Propulsión nuclear: 3 a 6 meses
Júpiter
- Distancia media de la Tierra: 778 millones de km
- Velocidad de escape requerida: 18,5 km/s
- Combustible necesario (aproximado):
- Cohete químico: 500.000 kg a 1.000.000 kg de combustible
- Propulsión nuclear: 100.000 kg a 200.000 kg de combustible
- Tiempo de viaje (aproximado):
- Cohete químico: 1 a 3 años
- Propulsión nuclear: 6 meses a 2 años
Saturno
- Distancia media de la Tierra: 1.427 millones de km
- Velocidad de escape requerida: 15,7 km/s
- Combustible necesario (aproximado):
- Cohete químico: 700.000 kg a 1.500.000 kg de combustible
- Propulsión nuclear: 150.000 kg a 300.000 kg de combustible
- Tiempo de viaje (aproximado):
- Cohete químico: 2 a 5 años
- Propulsión nuclear: 1 a 3 años
Plutón
- Distancia media de la Tierra: 5.906 millones de km
- Velocidad de escape requerida: 11,6 km/s
- Combustible necesario (aproximado):
- Cohete químico: 1.500.000 kg a 3.000.000 kg de combustible
- Propulsión nuclear: 300.000 kg a 600.000 kg de combustible
- Tiempo de viaje (aproximado):
- Cohete químico: 5 a 10 años
- Propulsión nuclear: 3 a 6 años
Estas estimaciones, es importante destacar, son aproximadas y dependen de muchos factores, como la eficiencia de los motores, la masa de la nave espacial y la ruta de viaje. Además, la propulsión nuclear es aún una tecnología en desarrollo y no se ha utilizado aún en misiones espaciales tripuladas.
—¿Qué velocidades alcanzan las naves ya en pleno vuelo en cada misión?
—Las velocidades que alcanzan las naves espaciales en pleno vuelo varían dependiendo de la misión, el tipo de nave y la fase del viaje:
Velocidades de algunas misiones espaciales
Marte
- La nave espacial Curiosity de la NASA alcanzó una velocidad de aproximadamente 54.000 km/h durante su viaje a Marte.
- La nave espacial Perseverance de la NASA alcanzó una velocidad de aproximadamente 47.000 km/h durante su viaje a Marte.
Júpiter
- La nave espacial Juno de la NASA alcanzó una velocidad de aproximadamente 265.000 km/h durante su viaje a Júpiter.
- La nave espacial Galileo de la NASA alcanzó una velocidad de aproximadamente 48.000 m/h durante su viaje a Júpiter.
Saturno
- La nave espacial Cassini de la NASA y la Agencia Espacial Europea alcanzó una velocidad de aproximadamente 54.000 km/h durante su viaje a Saturno.
- La nave espacial Voyager 1 de la NASA alcanzó una velocidad de aproximadamente 62.000 km/h durante su viaje a Saturno.
Plutón
- La nave espacial New Horizons de la NASA alcanzó una velocidad de aproximadamente 47.000 km/h durante su viaje a Plutón.
Otros
- La nave espacial Parker Solar Probe de la NASA alcanzó una velocidad de aproximadamente 700.000 km/h durante su viaje al Sol.
- La nave espacial Voyager 1 de la NASA alcanzó una velocidad de aproximadamente 62.000 km/h durante su viaje interestelar. Todo esto, utilizando cohetes con propulsión química.
Es importante destacar que estas velocidades son aproximadas y pueden variar dependiendo de la fase del viaje y la gravedad de los cuerpos celestes que la nave espacial encuentre en su camino.
La profundidad del océano sideral
La expresión "océano sideral" se refiere al espacio exterior, especialmente al vacío interestelar. La profundidad del océano sideral es difícil de medir de manera convencional, ya que no hay una superficie definida ni una escala de referencia clara.
Sin embargo, podemos considerar algunas medidas que nos dan una idea de la inmensidad del espacio exterior:
—Distancia a la Luna: La Luna está a aproximadamente 384.400 kilómetros de la Tierra.
—Distancia al Sol: El Sol está a aproximadamente 149.600.000 kilómetros de la Tierra.
—Distancia a la estrella más cercana: La estrella más cercana al Sol es Próxima Centauri, que está a aproximadamente 4,24 años luz de distancia (1 año luz = 9,46 billones de kilómetros).
—Distancia al borde del universo observable: El universo observable tiene un diámetro de aproximadamente 93 billones de años luz.
En cuanto a la profundidad del océano sideral, se considera la siguiente analogía:
—Si consideramos la Tierra como una gota de agua en el océano, la distancia a la Luna sería como la profundidad de una piscina.
—La distancia al Sol sería como la profundidad de un lago grande.
—La distancia a la estrella más cercana sería como la profundidad de un océano.
—La distancia al borde del universo observable sería como la profundidad de un abismo cósmico.
En resumen, la profundidad del océano sideral es inmensa y difícil de comprender, pero científicos utilizan analogías y medidas para tener una idea de su escala.
—¿Qué mayores secretos guarda el sistema sideral?
El sistema solar y el universo en general aún guardan muchos secretos que la ciencia y la exploración espacial están trabajando para desvelar.
Secretos del Sistema Solar
—La composición exacta del núcleo del Sol: Aunque se sabe que el Sol está compuesto principalmente por hidrógeno y helio, la composición exacta de su núcleo aún es un misterio.
—La naturaleza de la materia oscura en el sistema solar: La materia oscura es una forma de materia que no emite, absorbe ni refleja luz, lo que la hace invisible. Se cree que la materia oscura está presente en el sistema solar, pero su naturaleza y comportamiento aún son desconocidos.
—El origen de los cometas y los asteroides: Aunque se sabe que los cometas y los asteroides se originaron en el sistema solar, su formación y evolución exactas aún son un misterio.
Secretos del Universo
—La naturaleza de la energía oscura: La energía oscura es una forma de energía que se cree que está impulsando la expansión acelerada del universo. Sin embargo, su naturaleza y origen aún son desconocidos.
—El origen del universo: Aunque la teoría del Big Bang es la explicación más aceptada para el origen del universo, aún hay muchas incógnitas sobre los detalles exactos de la formación del universo.
—La existencia de vida extraterrestre: La búsqueda de vida extraterrestre es un tema de gran interés y debate en la comunidad científica. Aunque hay muchas teorías y especulaciones, aún no se ha encontrado evidencia concluyente de la existencia de vida extraterrestre.
Otros Secretos
—La naturaleza de los agujeros negros: Aunque se sabe que los agujeros negros son regiones del espacio donde la gravedad es tan fuerte que ni siquiera la luz puede escapar, su naturaleza y comportamiento exactos aún son un misterio.
—El origen de los rayos cósmicos: Los rayos cósmicos son partículas de alta energía que provienen del espacio exterior. Aunque se sabe que pueden provenir de fuentes como supernovas y agujeros negros, su origen exacto aún es un misterio.
—La naturaleza de la conciencia cósmica: La conciencia cósmica se refiere a la idea de que el universo puede tener una forma de conciencia o inteligencia. Aunque esta idea es especulativa y no ha sido probada científicamente, es un tema de gran interés y debate en la comunidad científica y filosófica.
Ante estas realidades y eventos por conocer, desfilarán muchas otras generaciones para ir descubriendo la inmensidad del Cosmos y el arte de su impactante y neurálgica belleza.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
filtrodedatospoliticos@gmail.com

La justicia con perspectiva de género debe ser entendida como un derecho irrenunciable: Mag. Élfego Bautista Pardo

 

La justicia con perspectiva de género debe ser entendida como un derecho irrenunciable: Mag. Élfego Bautista Pardo

*** Los grandes desafíos del PJCDMX durante 2025
*** La perspectiva de género en impartición de justicia en México es reto pendiente
*** Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género
 
BLAS A. BUENDÍA *
 
México es un país con una gran riqueza cultural y natural, pero también enfrenta desafíos significativos en términos de desigualdad y justicia. La perspectiva de género en la impartición de justicia es un tema fundamental para abordar las desigualdades estructurales y garantizar que todas las personas, independientemente de su género, tengan acceso a la justicia y sean tratadas de manera igualitaria.
Es el análisis político-jurídico que presenta el magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, en su espacio Así es el Derecho, donde subraya que algunos de los desafíos que enfrenta México en términos de divergencia y justicia, incluyen la desigualdad de género en la que el país tiene una de las tasas más altas de feminicidio en el mundo, y las mujeres enfrentan discriminación y violencia en muchos ámbitos de la vida.
El país marcado por profundas desigualdades estructurales, la perspectiva de género en la impartición de justicia es tema crucial. México enfrenta el reto de garantizar que su sistema judicial, además de cumplir con obligaciones constitucionales, sea instrumento efectivo para la equidad. ¿Cómo avanza el país en este desafío y cuáles son los obstáculos por superar?
Desde la reforma constitucional de 2011, México se ha comprometido a fortalecer los principios de igualdad y no discriminación en su sistema judicial.
Instrumentos como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y los tratados internacionales ratificados, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), buscan consolidar este enfoque. Sin embargo, aún es desigual la aplicación efectiva de estos principios.
Para atender esta brecha, el Poder Judicial de la Federación implementó herramientas como el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género, diseñado para orientar a jueces y magistrados en el reconocimiento de desigualdades estructurales. A pesar de estos esfuerzos, la falta de capacitación profunda y las resistencias culturales dificultan su implementación generalizada.
La violencia contra las mujeres es área donde la perspectiva de género resulta indispensable. Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública revelan que más de tres mil 500 feminicidios se registraron en los últimos cinco años. Sin embargo, son insuficientes las sentencias que incorporan un enfoque sensible a esta realidad.
Casos como el de Mariana Lima Buendía, que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), han marcado precedente al establecer que toda muerte violenta de una mujer debe investigarse inicialmente como feminicidio. Este enfoque no sólo dignifica a las víctimas, sino que obliga a las autoridades a abandonar prejuicios arraigados.
El sistema judicial mexicano refleja en muchos sentidos las dinámicas patriarcales de la sociedad. Prácticas como la revictimización de las denunciantes o la minimización de delitos de género están presentes en numerosos casos. Además, la sobrecarga de trabajo y la insuficiencia de recursos agravan la situación, dejando a muchas mujeres en la indefensión.
La falta de capacitación continua también perpetúa un sistema judicial que no responde adecuadamente a las necesidades de las mujeres. A pesar de los protocolos y normativas, sin un cambio cultural profundo, los avances seguirán siendo limitados.
Si bien los grandes desafíos del PJCDMX durante 2025 será una prioridad en atenderlos, la justicia con perspectiva de género no depende exclusivamente del Poder Judicial.
La sociedad civil, las instituciones académicas y los organismos internacionales desempeñan papel esencial. Desde la denuncia de irregularidades hasta la promoción de investigaciones y capacitaciones, su participación es clave para transformar el sistema.
Es necesario también fortalecer la capacitación obligatoria para jueces y funcionarios, además de establecer mecanismos de supervisión que evalúen el cumplimiento de los principios de igualdad y no discriminación.
Garantizar la perspectiva de género en la justicia mexicana no es sólo reto técnico, sino también deuda histórica.
Aunque los avances normativos y casos emblemáticos trazan una ruta a seguir, es indispensable un cambio estructural y cultural para erradicar las desigualdades que afectan a las mujeres.
La justicia con perspectiva de género debe ser entendida como un derecho irrenunciable y como un compromiso colectivo para construir un México más igualitario y justo, puntualizó el jurista Élfego Bautista Pardo, Titular de la Tercera Ponencia de la Quinta Sala en materia Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México, el cual encabeza el penalista Rafael Guerra Álvarez.
En concreto, la obligación para juzgar con perspectiva de género, al ser miembro de la Organización de Estados Americanos, en México las sentencias de la Corte IDH son fundamentales en el ejercicio de la función jurisdiccional, pues de acuerdo con lo resuelto por el Pleno de la SCJN los criterios jurisprudenciales que emite el tribunal interamericano resultan vinculantes para las juezas y los jueces nacionales, al constituir una extensión de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
¡Así es el Derecho!
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
Filtrodedatospoliticos@gmail.com