miércoles, 20 de diciembre de 2023

FALAZ Permiso A Pequeños Comercios Para Exhibir Productos de Tabaco: ANPEC


FALAZ Permiso A Pequeños Comercios Para Exhibir Productos de Tabaco: ANPEC  

*** Adelantan el Día de los Inocentes
 
por Gilberto Solís Flores
 
CD MEXICO, México.- En plena lucha intensa de las Organizaciones de la Sociedad Civil por erradicar el comercio ilícito de los productos de Tabaco, en favor de la salud de todos los mexicanos y para salvar a millones de vidas, de manera repentina, como un adelanto al tradicional “Día de los Inocentes” y obvio engaño a la ciudadanía, Los Representantes de la Alianza Nacional de Pequeños Comerciantes, (ANPEC) sorprenden a la opinión pública y para satisfacción de los consumidores anunciaron que conceden el Falaz permiso a todos los afiliados para exhibir libremente  -contra la Ley- los productos de tabaco en los diversos puntos de venta.
En tanto, los Consumidores y la ciudadanía en general exigen “emparejar el terreno” para que misceláneas y otras tiendas populares, así como los grandes supermercados no exhiban los productos nocivos que inician niñas y niños en la adicción, la ANPEC, como festejo alegre que el pasado 7 de diciembre un tribunal colegiado de la Ciudad de México había concedido la suspensión provisional del decreto que prohíbe la exhibición de productos de tabaco en puntos de venta, según nota publicada este día en un diario de circulación nacional. “En palabras simples, esta suspensión permite a pequeños comercios afiliados a la ANPEC exhibir libremente los productos derivados de tabaco…”, argumentó el entusiasta líder de dicha agrupación.

 Sin embargo, con los documentales descritos, la parte quejosa no acredita que elabore, fabrique, importe, publique, promocione, patrocine, exhiba o cuente con puntos de venta respecto de productos del tabaco, para ser sujeto de las prohibiciones y obligaciones contenidas en las normas que reclama, se informó asimismo a través de reciente comunicado oficial de prensa de las Organizaciones Civiles.
 La afirmación de la ANPEC es incierta toda vez que el Juzgado XII de Distrito en Materia Administrativa del Primer Circuito de la Ciudad de México negó la suspensión definitiva desde el 21 de abril del año que corre y que está cerca de finalizar, ya que la ANPEC carece de interés jurídico para promover el amparo al no acreditar que el Decreto le cause algún daño (no afectación). Ese juzgado había negado el 14 de abril, la suspensión provisional en respuesta a la promoción del amparo indirecto contra cualquier acto de la autoridad, como la prohibición de hacer publicidad de productos de tabaco, presentada el 22 de febrero y registrada en ese juzgado con el número 341/2023, explicó Juan Núñez Guadarrama, coordinador de la Coalición México Salud-Hable.


 Al parecer, la Secretaría de Salud no emitió el aviso correspondiente informando que tal recurso se había sobreseído desde el 21 de abril citado, es decir que se había concluido el procedimiento sin llegar a una resolución de fondo. Por esta razón el Juzgado XVI del Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito no tenía materia debido a que hubo antes una sentencia previa de sobreseimiento, agregó.
 El mal ejemplo de la CANIRAC se reproduce al parecer ahora en la ANPEC para tratar de sorprender a la ciudadanía, e inclusive a la autoridad, con información inexacta y extemporánea, señaló Núñez Guadarrama y aclaró que para conceder que “… en lo que debemos coincidir con la ANPEC es en la necesidad de emparejar el terreno”, pero no para que las misceláneas y otras tiendas populares exhiban los productos de tabaco, tal y como lo hacen las cadenas de supermercados, sino para que ninguna de ellas lo haga, pues la exhibición de los nocivos productos de tabaco es la forma de mayor penetración publicitaria entre niños, adolescentes y jóvenes (obvio ambos géneros)  Y “en palabras simples” Si está prohibida por la Ley General para el Control del Tabaco, finalizó.

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