Crónicas de una Ciudad Contemporánea
Los
catorce Paso al Viacrucis es Nada,
en
Comparación con una Denuncia penal
Karl Novo
El vía crucis del señor Jesucristo no se comparan
con el intento de levantar una acta, averiguación previa o carpeta de
investigación por delitos de robo de infante, retención o sustracción de menor o
extravío o ausencias, es confuso porque la Procuraduría General de Justicia, en
este caso de la gran y nueva ciudad de México, no único que hace es confundir
más a los querellantes o denunciantes al ni siquiera escucharlos y mucho menos
indagar como fueron los hechos.
Pero, ¿cuál de ellos es el delito que se cometió y
si es denuncia a querella?
Es la crónica de Hepsibe, el viacrucis comienza desde
que el padre y la amante de menor se llevan a la menor, pero quién de los dos
la toca a la niña para llevársela lejos del seno materno, para llevársela con rumbo
desconocido; sí fue ella entonces, es robo de infante, ya que no tiene ninguna
relación con la menor y hasta de oficio se persigue el delito, quiere decir que
ni con el perdón podrá sale de la penitenciaría, pero sí fue el padre no hay
ningún delito que perseguir ya que en ninguno de los dos padres de familia en
el supuesto que tiene decretada la Guarda y Custodia por una autoridad del
orden familiar, juez.
Sin embargo, al haber la figura jurídica la patria
potestad decretada a una de los dos padres y existiera la sustracción o
retención de menor el que incurra en la falta a la justicia el apremio sería corpóreo
castigo para quien cometió la falta.
Qué decir del extravío o ausencia, por el momento
es la mejor opción, a pesar de que el agente del Ministerio Público, ser niega
a levanta acta no sólo en la Coordinación
Territorial VC-3, ubicada en Avenida Fray Servando Teresa de Mier No. 219,
Jardín Balbuena, Delegación Venustiano Carranza, en esta ciudad, sino en
diversas agencias, haciendo perder tiempo a los denunciantes y en muchas
ocasiones enviándolos a otras agencias, ¿una argucia para ver el interés y
aprecio hacia los menores?, pues no, hasta el momento una atención de orientación
fue del Centro de Atención de Personas Extraviadas y Ausente (CAPEA), buscar
por todos los medios de comunicación a la menor y al padres o madres, según sea
el caso, pues lo principal es citar a la persona que se llevó a la menor para
saber en el estado en que se encuentra y acreditar que es el padre o la madre,
que tiene a la menor.
Por supuesto CAPEA no podrá devolver a la menor, a pesar de que
la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucional el 12 de septiembre
de 2012, que sí usted es padre de un niño, pero no tiene la patria potestad,
tutela, guarda o custodia y decide, por alguna razón, sacar a su hijo de su
entorno sin autorización de quien posee dichos derechos está cometiendo un
delito grave.
Es importante mencionar que la autoridad “no se cuenta con los
elementos para detener de alguno de los padres” por delito que perseguir;
comenzar a realizar sus denuncias: una en el caso de que haya violencia: daño físico
y psicológico, drogas y alcohol, ante el Centro de Atención contra la Violencia
Familiar (CAVI), y otra ante los Tribunales Superiores de Justicia del Ciudad
de México, Pensión Alimenticia y la Guarda y Custodia, para garantizar el
bienestar de los menores ya que es del orden público.
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