Los Chavos no Podrán Casarse a los 16 años
· Avala ALDF edad mínima
de 18 años; se eliminan las excepciones que abrían la posibilidad de casarse a
los 16 años
BLAS A. BUENDÍA
blasalejo@yahoo.com
Dice el dicho que la “calentura” en la época de pubertad, no tiene
límites.
Es por ello que con la finalidad de establecer la
edad mínima de 18 años para contraer matrimonio sin excepción, el Pleno de la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó con 39 votos a favor, 0
en contra y 0 abstenciones, un dictamen por el que se reforman y derogan
diversas disposiciones al Código Civil.
Asimismo, esta iniciativa fue remitida
anteriormente el 28 de marzo por el Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera
Espinosa, toda vez que atiende a un exhorto que el Senado de la República
emitió el 18 de febrero de este año dirigido a congresos estatales y a la
Asamblea Legislativa.
Con esta aprobación se eliminan las excepciones que
el ordenamiento vigente del Código Civil del Distrito Federal establecía, donde
se señalaba la posibilidad de casarse a partir de los 16 años.
Cabe mencionar que esta norma se armoniza con el
Código Civil Federal, la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y
Adolescentes, reformada el 4 de diciembre de 2014, y la Ley de los Derechos de
Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de México, cuya reforma fue publicada
en la Gaceta Oficial el 12 de noviembre de 2015.
A nombre de la Comisión de Administración y
Procuración de Justicia, el diputado José Manuel Delgadillo Moreno, del Partido
Acción Nacional (PAN), destacó que el matrimonio precoz afecta todos los
aspectos de la vida de las niñas y niños.
El matrimonio a una edad temprana, abundó
Delgadillo Moreno, deniega a las niñas y niños disfrutar su infancia,
interrumpe su educación, limita sus oportunidades, aumenta el riesgo de
violencia y abuso, pone en peligro su salud, priva sus perspectivas de largo
plazo y constituye un obstáculo para su desarrollo.
Finalmente, el presidente de la mesa directiva dio
instrucciones a fin de notificar al Jefe de Gobierno, para la promulgación y
publicación de este dictamen en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
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