Magnos Esfuerzos para
Preservar el Derecho a la Vida
***COFEPRIS,
nuevo medicamento y una pronta solución a la letal pandemia del Covid-19
Blas
A. Buendía*
Editor Juan Carlos Martínez
El Corredor Informativo
Si
bien la Organización Mundial de la Salud, la OMS, ha actuado con rapidez y
proporcionando a los países orientación para adaptar sus respuestas y
garantizar la prestación segura de servicios contra el paludismo durante la
pandemia del SARS-CoV-2 y COVID-19, o viceversa, el mundo sigue enfrentando
resultados mortales a pesar de los extraordinarios esfuerzos que realizan
científicos altamente calificados para preservar el derecho a la vida.
Pero,
¿cuál es la diferencia entre SARS-CoV-2 y COVID-19? -Estos son los nombres que
se da al virus y a la enfermedad ocasionada por el virus, respectivamente. Los
nombres corresponden a Coronavirus 2 del síndrome respiratorio agudo severo
(SARS-CoV-2). La enfermedad Coronavirus disease (COVID-19).
Frente
a este preocupante esquema, el prestigiado Magistrado civilista Élfego Bautista
Pardo, desarrolla una puntual descripción jurídica referente a los magnos
esfuerzos que las autoridades sanitarias no sólo de México sino de todo el
mundo, están realizando globalmente para vencer la letalidad del Covid-19.
En
nuestro país –afirma en su espacio Así es el Derecho-, hace
ya diez años que los derechos humanos se colocaron en la cúspide del Sistema
Jurídico, convirtiéndose en una responsabilidad del Estado garantizar a cada
uno de los Ciudadanos la asequibilidad de las prerrogativas necesarias para la
preservación de la vida y la dignidad humana, siendo que en el contexto actual
uno de los derechos más reclamados, es el derecho a la salud, y el acceso a los
servicios que permitan preservarla.
Conservar
un estado de salud óptimo siempre ha sido necesario, sin embargo, se ha formado
una conciencia mayor al respecto, debido a la pandemia provocada con la
aparición del Coronavirus SARS COV 2, ya que han transcurrido casi dos años
desde que la humanidad enfrenta esta crisis, ante la cual la prevención, las
vacunas y su aplicación, se han erigido como la principal arma, aunque
lamentablemente hasta el día de hoy ninguna de las vacunas puede prevenir por
completo su diseminación, por lo que seguimos enfermando y en muchos casos con
resultados letales.
La
propagación ha podido mermarse, no obstante, que el COVID-19 se ha convertido
en un compañero constante y riesgoso en nuestro día a día, sin embargo, gracias
a los avances científicos y al trabajo de miles de doctores e investigadores a
nivel global se advierte una pronta solución médica para el tratamiento eficaz
de personas enfermas, como es el caso de la medicina llamada Regkirona,
la cual fue desarrollada por Celltrion, la compañía farmacéutica más grande de
Corea del Sur.
Regkirona ha
demostrado una eficacia del 95% en el tratamiento de personas enfermas y
concluido el tercer ensayo clínico en su país de origen, por lo que ha sido
aprobado oficialmente para su uso por la Administración de Alimentos y
Medicamentos de Corea, y ha sido permitido condicionalmente en la Unión
Europea, siendo el caso que desde hace cuatro meses se encuentra en espera del
consentimiento por parte las autoridades sanitarias de nuestro Estado para
ingresar al territorio nacional.
Resulta
oportuno recordar que, para que las medicinas sean asequibles a la población es
necesaria la satisfacción de ciertos requisitos y aprobación por parte de las
autoridades en materia de salud y prevención de enfermedades de cada uno de los
países del orbe, en el caso de México, la autoridad encargada de aprobar el uso
de una medicina, así como de alguna vacuna, es la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).
La
COFEPRIS, según lo establece la Ley General de Salud, se encarga de proponer la
política nacional de protección contra riesgos sanitarios, así como su
instrumentación en materia de salud, medicamentos y otros insumos en materia;
evalúa, expide y revoca las autorizaciones que se requieran; emite certificados
oficiales de condición sanitaria de proceso; ejerce el control y vigilancia
sanitaria de los productos relacionados con la salud, así como en las
actividades relacionadas con su importación y exportación.
Es
un órgano desconcentrado, con autonomía administrativa, técnica y operativa,
supervisado por la Secretaría de Salud, el cual es imprescindible para que la
Secretaría Federal realice su función de asegurar el cumplimiento del derecho a
la protección de la salud; propicie y coordine la participación de los sectores
social y privado; elabore y conduzca la política para la producción nacional de
medicamentos e insumos; así como para controlar la preparación, posesión, uso,
suministro, importación, exportación y distribución de drogas y productos medicinales.
En
este orden de ideas, resulta claro el papel preponderante de la COFEPRIS para
el control de la Pandemia y la disminución de los casos letales provocados por
el SARS COV-2, de ahí la necesidad de que sus procesos sean eficaces y certeros
para aprobar medicamentos y vacunas que puedan representar opciones viables a
fin de regresar a un estilo de vida lo más semejante al que conocimos antes de
esta crisis sanitaria, como lo podrían ser REGKIRONA o
la propuesta de la farmacéutica alemana MERSK actualmente en supervisión en
Estados Unidos, siempre y cuando cumplan los estándares requeridos.
Con
la eficacia de los procesos de aprobación y vigilancia llevados a cabo en este
importante Órgano del Estado, para abrir las puertas a nuevos tratamientos en beneficio
de toda la población, no sólo se protege el derecho a la salud, sino también el
derecho a la vida, ambos derechos humanos indispensables consagrados en nuestra
Constitución y en el interés permanente del Presidente Andrés Manuel López
Obrador, del Canciller Marcelo Ebrard Casaubon y el Secretario de Salud Jorge
Alcocer Varela, durante esta terrible pandemia.
“Así
es el Derecho”, puntualizó el magistrado Élfego
Bautista Pardo, integrante de la Quinta Sala Civil, Tercera Ponencia, del
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
Reportero
Free Lance *
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